EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,
Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, adaptado por el Protocolo por el que se adapta el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en lo sucesivo denominado «el Acuerdo», y, en particular, su artículo 98,
Considerando lo siguiente :
(1) El anexo II del Acuerdo fue modificado por la Decisión del Comité Mixto del EEE no 44/94, de 15 de diciembre de 1994 (1).
(2) La Directiva 2003/44/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de junio de 2003, por la que se modifica la Directiva 94/25/CE relativa a la aproximación de las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas de los Estados miembros relativas a embarcaciones de recreo (2), debe incorporarse al Acuerdo.
DECIDE:
Artículo 1
Se añadirá el siguiente texto en el punto 1 (Directiva 94/25/CE del Parlamento Europeo y del Consejo) del capítulo XXXI del anexo II del Acuerdo:
«, modificada por:
— 32003 L 0044: Directiva 2003/44/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de junio de 2003 (DO L 214 de 26.8.2003, p. 18).».
Artículo 2
Los textos de la Directiva 2003/44/CE en lenguas islandesa y noruega, anejos a las respectivas versiones lingüísticas de la presente Decisión, son auténticos.
__________________________________
(1) DO L 372 de 31.12.1994, p. 20.
(2) DO L 214 de 26.8.2003, p. 18.
Artículo 3
La presente Decisión entrará en vigor el 12 de marzo de 2005, siempre que se hayan transmitido al Comité Mixto del EEE todas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo (*).
Artículo 4
La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.
Hecho en Bruselas, el 11 de marzo de 2005.
Por el Comité Mixto del EEE
El Presidente
Richard WRIGHT
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(*) No se han indicado preceptos constitucionales.