EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,
Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en la redacción dada al mismo por el Protocolo por el que se adapta el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en lo sucesivo denominado "el Acuerdo", y, en particular, su artículo 98,
Considerando lo siguiente:
(1) El anexo XX del Acuerdo fue modificado por la Decisión del Comité Mixto del EEE no 15/2008, de 1 de febrero de 2008 [1].
(2) Debe incorporarse al Acuerdo la Recomendación 2006/339/CE de la Comisión, de 8 de mayo de 2006, sobre el fomento del uso de electricidad en puerto por los buques atracados en puertos comunitarios [2].
DECIDE:
Artículo 1
Después del punto 42 (Recomendación 2003/532/CE de la Comisión) del anexo XX del Acuerdo se inserta el punto siguiente:
"43. 32006 H 0339: Recomendación 2006/339/CE de la Comisión, de 8 de mayo de 2006, sobre el fomento del uso de electricidad en puerto por los buques atracados en puertos comunitarios (DO L 125 de 12.5.2006, p. 38).".
Artículo 2
Los textos de la Recomendación 2006/339/CE en lenguas islandesa y noruega, que se publicarán en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea, son auténticos.
Artículo 3
La presente Decisión entrará en vigor el 15 de marzo de 2008, siempre que se hayan comunicado al Comité Mixto del EEE [***] todas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo.
Artículo 4
La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.
Hecho en Bruselas, el 14 de marzo de 2008.
Por el Comité Mixto del EEE
El Presidente
Alan Seatter
_____________
[1] DO L 154 de 12.6.2008, p. 30.
[2] DO L 125 de 12.5.2006, p. 38.
[***] No se han indicado preceptos constitucionales.