EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,
Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en lo sucesivo denominado «el Acuerdo EEE», y, en particular, su artículo 98,
Considerando lo siguiente:
(1) Debe incorporarse al Acuerdo EEE el Reglamento de Ejecución (UE) n o 840/2012 de la Comisión, de 18 de septiembre de 2012, relativo a la autorización de 6-fitasa (EC 3.1.3.26) producida por Schizosaccharomyces pombe (ATCC 5233) como aditivo para la alimentación de todas las especies de aves de engorde distintas de los pollos de engorde, los pavos de engorde y los patos de engorde y de todas las especies de aves para puesta distintas de las gallinas ponedoras (titular de la autorización: Danisco Animal Nutrition) ( 1 ).
(2) Debe incorporarse al Acuerdo EEE el Reglamento de Ejecución (UE) n o 841/2012 de la Comisión, de 18 de septiembre de 2012, relativo a la autorización de Lactobacillus plantarum (NCIMB 41028) y Lactobacillus plantarum (NCIMB 30148) como aditivos en los piensos para todas las especies animales ( 2 ).
(3) Debe incorporarse al Acuerdo EEE el Reglamento de Ejecución (UE) n o 842/2012 de la Comisión, de 18 de septiembre de 2012, relativo a la autorización del preparado de carbonato de lantano, octahidrato, como aditivo en los alimentos para perros (titular de la autorización: Bayer Animal Health GmbH) ( 3 ).
(4) Debe incorporarse al Acuerdo EEE el Reglamento de Ejecución (UE) n o 849/2012 de la Comisión, de 19 de septiembre de 2012, relativo a la autorización del preparado de ácido cítrico, ácido sórbico, timol y vainillina como aditivo en los piensos para pollos de engorde, pollitas para puesta, todas las especies menores de aves de engorde y para puesta, y suidos destetados distintos de Sus scrofa domesticus (titular de la autorización: Vetagro SpA) ( 4 ).
(5) Debe incorporarse al Acuerdo EEE el Reglamento de Ejecución (UE) n o 868/2012 de la Comisión, de 24 de septiembre de 2012, relativo a la autorización de azorrubina como aditivo en los piensos para gatos y perros ( 5 ).
(6) Debe incorporarse al Acuerdo EEE el Reglamento de Ejecución (UE) n o 869/2012 de la Comisión, de 24 de septiembre de 2012, relativo a la autorización de la taumatina como aditivo en piensos para todas las especies animales ( 6 ).
(7) La presente Decisión se refiere a cuestiones de alimentación animal. La legislación relativa a cuestiones de alimentación animal no se debe aplicar a Liechtenstein mientras que la aplicación del Acuerdo EEE entre la Comunidad Europea y la Confederación Suiza relativo al comercio de productos agrícolas incluya a dicho país, como se recoge en las adaptaciones sectoriales del anexo I del Acuerdo EEE. La presente Decisión no es, por lo tanto, aplicable a Liechtenstein.
(8) Procede, por tanto, modificar en consecuencia el anexo I del Acuerdo EEE.
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
Después del punto 61 [Reglamento (UE) n o 1065/2012 de la Comisión] del capítulo II del anexo I del Acuerdo EEE, se insertan los siguientes puntos:
«62. 32012 R 0840: Reglamento de Ejecución (UE) n o 840/2012 de la Comisión, de 18 de septiembre de 2012, relativo a la autorización de 6-fitasa (EC 3.1.3.26) producida por Schizosaccharomyces pombe (ATCC 5233) como aditivo para la alimentación de todas las especies de aves de engorde distintas de los pollos de engorde, los pavos de engorde y los patos de engorde y de todas las especies de aves para puesta distintas de las gallinas ponedoras (titular de la autorización: Danisco Animal Nutrition) (DO L 252 de 19.9.2012, p. 14).
63. 32012 R 0841: Reglamento de Ejecución (UE) n o 841/2012 de la Comisión, de 18 de septiembre de 2012, relativo a la autorización de Lactobacillus plantarum (NCIMB 41028) como aditivo en los piensos para todas las especies animales (DO L 252 de 19.9.2012, p. 17).
64. 32012 R 0842: Reglamento de Ejecución (UE) n o 842/2012 de la Comisión, de 18 de septiembre de 2012, relativo a la autorización del preparado de carbonato de lantano, octahidrato, como aditivo en los alimentos para perros (titular de la autorización: Bayer Animal Health GmbH) (DO L 252 de 19.9.2012, p. 21).
_____________
( 1 ) DO L 252 de 19.9.2012, p. 14.
( 2 ) DO L 252 de 19.9.2012, p. 17.
( 3 ) DO L 252 de 19.9.2012, p. 21.
( 4 ) DO L 253 de 20.9.2012, p. 8.
( 5 ) DO L 257 de 25.9.2012, p. 3.
( 6 ) DO L 257 de 25.9.2012, p. 7.
65. 32012 R 0849: Reglamento de Ejecución (UE) n o 849/2012 de la Comisión, de 19 de septiembre de 2012, relativo a la autorización del preparado de ácido cítrico, ácido sórbico, timol y vainillina como aditivo en los piensos para pollos de engorde, pollitas para puesta, todas las especies menores de aves de engorde y para puesta, y suidos destetados distintos de Sus scrofa domesticus (titular de la autorización: Vetagro SpA) (DO L 253 de 20.9.2012, p. 8).
66. 32012 R 0868: Reglamento de Ejecución (UE) n o 868/2012 de la Comisión, de 24 de septiembre de 2012, relativo a la autorización de azorrubina como aditivo en los piensos para gatos y perros (DO L 257 de 25.9.2012, p. 3).
67. 32012 R 0869: Reglamento de Ejecución (UE) n o 869/2012 de la Comisión, de 24 de septiembre de 2012, relativo a la autorización de taumatina como aditivo en piensos para todas las especies animales (DO L 257 de 25.9.2012, p. 7).».
Artículo 2
Los textos de los Reglamentos de Ejecución (UE) n o 840/2012, (UE) n o 841/2012, (UE) n o 842/2012, (UE) n o 849/2012, (UE) n o 868/2012 y (UE) n o 869/2012 en lenguas islandesa y noruega, que se publicarán en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea, son auténticos.
Artículo 3
La presente Decisión entrará en vigor el 16 de marzo de 2013, siempre que se hayan transmitido al Comité Mixto del EEE (*) todas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE.
Artículo 4
La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.
Hecho en Bruselas, el 15 de marzo de 2013.
Por el Comité Mixto del EEE
El Presidente
Gianluca GRIPPA
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(*) No se han indicado preceptos constitucionales.