EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,
Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en la redacción dada al mismo por el Protocolo por el que se adapta el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en lo sucesivo denominado «el Acuerdo», y, en particular, su artículo 98,
Considerando lo siguiente:
(1) El anexo XIII del Acuerdo fue modificado por la Decisión del Comité Mixto del EEE n o 13/2010, de 29 de enero de 2010 ( 1 ).
(2) Debe incorporarse al Acuerdo el Reglamento (CE) n o 1335/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre de 2008, que modifica el Reglamento (CE) n o 881/2004, por el que se crea una Agencia Ferroviaria Europea (Reglamento de la Agencia) ( 2 ).
DECIDE:
Artículo 1
En el punto 42f [Reglamento (CE) n o 881/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo] del anexo XIII del Acuerdo, se añade el texto siguiente:
«, modificado por:
— 32008 R 1335: Reglamento (CE) n o 1335/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre de 2008 (DO L 354 de 31.12.2008, p. 51).».
Artículo 2
Los textos del Reglamento (CE) n o 1335/2008 en lenguas islandesa y noruega, que se publicarán en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea, son auténticos.
Artículo 3
La presente Decisión entrará en vigor el 13 de marzo de 2010, siempre que se hayan comunicado al Comité Mixto del EEE (*) todas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo.
Artículo 4
La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.
Hecho en Bruselas, el 12 de marzo de 2010.
Por el Comité Mixto del EEE
El Presidente
Alan SEATTER
________________
( 1 ) DO L 101 de 22.4.2010, p. 23.
( 2 ) DO L 354 de 31.12.2008, p. 51.
(*) No se han indicado preceptos constitucionales.