Decisión del Comité Mixto del EEE nº 28/2011, de 1 de abril de 2011, por la que se modifica el anexo I (Cuestiones veterinarias y fitosanitarias) del Acuerdo EEE.

Vigente Decisión Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2011-81246
Número oficial:
DOUE-L-2011-81246
Publicación:
30/06/2011
Departamento:
Unión Europea

EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,

Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en la redacción dada al mismo por el Protocolo por el que se adapta el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo denominado «el Acuerdo»), y, en particular, su artículo 98,

Considerando lo siguiente:

(1) El anexo I del Acuerdo fue modificado por la Decisión del Comité Mixto del EEE n o 99/2010, de 1 de octubre de 2010 ( 1 ).

(2) Debe incorporarse al Acuerdo la Directiva 2010/46/UE de la Comisión, de 2 de julio de 2010, que modifica las Directivas 2003/90/CE y 2003/91/CE, por las que se establecen disposiciones de aplicación a los fines del artículo 7 de la Directiva 2002/53/CE y del artículo 7 de la Directiva 2002/55/CE, ambas del Consejo, con respecto a los caracteres que los exámenes deben analizar como mínimo y las condiciones mínimas para examinar determinadas variedades de especies de plantas agrícolas y hortícolas ( 2 ).

(3) Debe incorporarse al Acuerdo la Decisión 2010/377/UE de la Comisión, de 7 de julio de 2010, por la que se exime a Estonia de determinadas obligaciones de aplicar lo dispuesto en las Directivas 66/402/CEE y 2002/57/CE del Consejo con respecto a las especies Avena strigosa Schreb., Brassica nigra (L.) Koch y Helianthus annuus L ( 3 ).

(4) La presente Decisión no es aplicable a Liechtenstein.

DECIDE:

Artículo 1

En el anexo I del Acuerdo, el capítulo III queda modificado como sigue:

1) En la parte 1, en los puntos 14 (Directiva 2003/90/CE de la Comisión) y 15 (Directiva 2003/91/CE de la Comisión), se añade el siguiente guión:

«— 32010 L 0046: Directiva 2010/46/UE de la Comisión, de 2 de julio de 2010 (DO L 169 de 3.7.2010, p. 7)».

2) Después del punto 80 (Decisión 2010/198/UE de la Comisión), bajo el encabezamiento «ACTOS QUE LOS ESTADOS DE LA AELC Y EL ÓRGANO DE VIGILANCIA DE LA AELC DEBERÁN TENER EN CUENTA», se inserta el siguiente punto:

«81. 32010 D 0377: Decisión 2010/377/UE de la Comisión, de 7 de julio de 2010, por la que se exime a Estonia de determinadas obligaciones de aplicar lo dispuesto en las Directivas 66/402/CEE y 2002/57/CE del Consejo con respecto a las especies Avena strigosa Schreb., Brassica nigra (L.) Koch y Helianthus annuus L (DO L 173 de 8.7.2010, p. 73).».

Artículo 2

Los textos de la Directiva 2010/46/UE y de la Decisión 2010/377/UE en lenguas islandesa y noruega, que se publicarán en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea, son auténticos.

Artículo 3

La presente Decisión entrará en vigor el 1 de mayo de 2011, siempre que se hayan comunicado al Comité Mixto del EEE (*) todas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo.

Artículo 4

La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 1 de abril de 2011.

Por el Comité Mixto del EEE

El Presidente en funciones

Gianluca GRIPPA

_____________________

( 1 ) DO L 332 de 16.12.2010, p. 49.

( 2 ) DO L 169 de 3.7.2010, p. 7.

( 3 ) DO L 173 de 8.7.2010, p. 73.

(*) No se han indicado preceptos constitucionales.

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/855 de la Comisión, de 14 de abril de 2026, relativo a los requisitos de interoperabilidad y procedimientos no discriminatorios y transparentes para acceder a los datos necesarios para el cambio de suministrador.

Reglamento 16/04/2026

Actualización de los importes de referencia para el cruce de las fronteras exteriores, de conformidad con lo establecido en el artículo 6, apartado 4, del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen).

Otros 27/04/2026

Acuerdo de Asociación entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y el Mercado Común del Sur, la República Argentina, la República Federativa de Brasil, la República del Paraguay y la República Oriental del Uruguay, por otra parte.

Acuerdo Internacional 27/02/2026

Acuerdo de Colaboración y Cooperación Reforzadas entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Uzbekistán, por otra.

Acuerdo 30/04/2026

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