EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,
Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, adaptado por el Protocolo por el que se adapta el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en lo sucesivo denominado «el Acuerdo», y, en particular, su artículo 98,
Considerando lo siguiente :
(1) El anexo I del Acuerdo fue modificado por la Decisión del Comité Mixto del EEE no 1/2005, de 8 de febrero de 2005 (1).
(2) La Decisión 2004/328/CE de la Comisión, de 5 de abril de 2004, por la que se modifican los anexos I y II de la Decisión 2003/634/CE por la que se aprueban programas para obtener la calificación de zonas autorizadas y piscifactorías autorizadas en zonas no autorizadas en relación con la septicemia hemorrágica viral (SHV) y la necrosis hematopoyética infecciosa (NHI) de los peces (2), debe incorporarse al Acuerdo.
(3) La Decisión 2004/373/CE de la Comisión, de 13 de abril de 2004, que modifica los anexos I y II de la Decisión 2002/308/CE por la que se establecen listas de zonas y piscifactorías autorizadas en relación con la septicemia hemorrágica viral (SHV) y la necrosis hematopoyética infecciosa (NHI) (3), debe incorporarse al Acuerdo.
(4) La Decisión 2004/453/CE de la Comisión, de 29 de abril de 2004, por la que se establecen disposiciones de aplicación de la Directiva 91/67/CEE del Consejo en lo que respecta a las medidas contra determinadas enfermedades de los animales de acuicultura (4), rectificada en el DO L 202 de 7.6.2004, p. 4, debe incorporarse al Acuerdo.
(5) La presente Decisión no es aplicable a Liechtenstein.
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(1) DO L 161 de 23.6.2005, p. 1.
(2) DO L 104 de 8.4.2004, p. 129.
(3) DO L 118 de 23.4.2004, p. 49.
(4) DO L 156 de 30.4.2004, p. 5.
DECIDE:
Artículo 1
El capítulo I del anexo I del Acuerdo se modificará como se indica a continuación:
1) En el punto 66 (Decisión 2002/308/CE de la Comisión) de la parte 4.2, se añadirá el siguiente guión:
«— 32004 D 0373: Decisión 2004/373/CE de la Comisión, de 13 de abril de 2004 (DO L 118 de 23.4.2004, p. 49).».
2) Después del punto 78 (Decisión/2004/315/CE de la Comisión) de la parte 4.2, se añadirá el siguiente punto:
«79. 32004 D 0453: Decisión 2004/453/CE de la Comisión, de 29 de abril de 2004, por la que se establecen disposiciones de aplicación de la Directiva 91/67/CEE del Consejo en lo que respecta a las medidas contra determinadas enfermedades de los animales de acuicultura (DO L 156 de 30.4.2004, p. 5), rectificada en el DO L 202 de 7.6.2004, p. 4.
El presente acto no es aplicable a Islandia.».
3) Se suprimirá el texto del punto 13 (Decisión 93/44/CE de la Comisión) de la parte 4.2.
4) En el punto 55 (Decisión 2003/634/CE de la Comisión), bajo el encabezamiento «ACTOS QUE LOS ESTADOS DE LA AELC Y EL ÓRGANO DE VIGILANCIA DE LA AELC DEBERÁN TENER EN CUENTA» de la parte 4.2, se añadirá el siguiente texto:
«— 32004 D 0328: Decisión 2004/328/CE de la Comisión, de 5 de abril de 2004 (DO L 104 de 8.4.2004, p. 129).».
Artículo 2
Los textos de las Decisiones 2004/328/CE, 2004/373/CE y 2004/453/CE, rectificada en el DO L 202 de 7.6.2004, p. 4, en lenguas islandesa y noruega, anejos a las respectivas versiones lingüísticas de la presente Decisión, son auténticos.
Artículo 3
La presente Decisión entrará en vigor el 12 de marzo de 2005, siempre que se hayan transmitido al Comité Mixto del EEE todas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo (*).
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(*) No se han indicado preceptos constitucionales.
Artículo 4
La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.
Hecho en Bruselas, el 11 de marzo de 2005.
Por el Comité Mixto del EEE
El Presidente
Richard WRIGHT