EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,
Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, modificado por el Protocolo por el que se adapta el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en lo sucesivo denominado «el Acuerdo», y en particular su artículo 98,
Considerando lo siguiente:
(1) El anexo II del Acuerdo fue modificado por la Decisión no 115/2005 del Comité Mixto del EEE de 30 de septiembre de 2005 (1).
(2) El Reglamento (CE) no 1567/2005 del Consejo, de 20 de septiembre de 2005, por el que se modifica el Reglamento (CEE) no 2092/91 sobre la producción agrícola ecológica y su indicación en los productos agrarios y alimenticios (2), debe incorporarse al Acuerdo.
DECIDE:
Artículo 1
En el punto 54b [Reglamento (CEE) no 2092/91 del Consejo] del capítulo XII del anexo II del Acuerdo, se añadirá el siguiente guión:
«— 32005 R 1567: Reglamento (CE) no 1567/2005 del Consejo, de 20 de septiembre de 2005 (DO L 252 de 28.9.2005, p. 1).».
Artículo 2
Los textos del Reglamento (CE) no 1567/2005 en lenguas islandesa y noruega, que se publicarán en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea, son auténticos.
Artículo 3
La presente Decisión entrará en vigor el 11 de marzo de 2006, siempre que se hayan efectuado al Comité Mixto del EEE todas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo (*).
Artículo 4
La presente Decisión se publicará en la Sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.
Hecho en Bruselas, el 10 de marzo de 2006.
Por el Comité Mixto del EEE
El Presidente
R. WRIGHT
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(1) DO L 339 de 22.12.2005, p. 16.
(2) DO L 252 de 28.9.2005, p. 1.
(*) No se han indicado preceptos constitucionales.