EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,
Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en la redacción dada al mismo por el Protocolo por el que se adapta el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en lo sucesivo denominado «el Acuerdo», y, en particular, su artículo 98,
Considerando lo siguiente:
(1) El anexo I del Acuerdo fue modificado por la Decisión del Comité Mixto del EEE n o 18/2010, de 1 de marzo de 2010 ( 1 ).
(2) Debe incorporarse al Acuerdo el Reglamento (CE) n o 1290/2008 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2008, relativo a la autorización de un preparado de Lactobacillus rhamnosus (CNCM-I-3698) y Lactobacillus farciminis (CNCM-I-3699) (Sorbiflore) como aditivo para alimentación animal ( 2 ).
(3) Debe incorporarse al Acuerdo el Reglamento (CE) n o 1292/2008 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2008, relativo a la autorización del aditivo Bacillus amyloliquefaciens CECT 5940 (Ecobiol y Ecobiol plus) en la alimentación animal ( 3 ).
(4) Debe incorporarse al Acuerdo el Reglamento (CE) n o 1293/2008 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2008, relativo a la autorización de un nuevo uso del aditivo Saccharomyces cerevisiae CNCM I-1077 (Levucell SC20 y Levucell SC10 ME) en la alimentación animal ( 4 ).
(5) Debe incorporarse al Acuerdo el Reglamento (CE) n o 102/2009 de la Comisión, de 3 de febrero de 2009, relativo a la autorización permanente de un aditivo en la alimentación animal ( 5 ).
(6) La presente Decisión no es aplicable a Liechtenstein.
DECIDE:
Artículo 1
Después del punto 1zzzzzc [Reglamento (CE) n o 1253/2008 de la Comisión] del capítulo II del anexo I del Acuerdo, se insertan los puntos siguientes:
«1zzzzzd. 32008 R 1290: Reglamento (CE) n o 1290/2008 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2008, relativo a la autorización de un preparado de Lactobacillus rhamnosus (CNCM-I-3698) y Lactobacillus farciminis (CNCM-I-3699) (Sorbiflore) como aditivo para alimentación animal (DO L 340 de 19.12.2008, p. 20).
1zzzzze. 32008 R 1292: Reglamento (CE) n o 1292/2008 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2008, relativo a la autorización del aditivo Bacillus amyloliquefaciens CECT 5940 (Ecobiol y Ecobiol plus) en la alimentación animal (DO L 340 de 19.12.2008, p. 36).
1zzzzzf. 32008 R 1293: Reglamento (CE) n o 1293/2008 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2008, relativo a la autorización de un nuevo uso del aditivo Saccharomyces cerevisiae CNCM I-1077 (Levucell SC20 y Levucell SC10 ME) en la alimentación animal (DO L 340 de 19.12.2008, p. 38).
1zzzzzg. 32009 R 0102: Reglamento (CE) n o 102/2009 de la Comisión, de 3 de febrero de 2009, relativo a la autorización permanente de un aditivo en la alimentación animal (DO L 34 de 4.2.2009, p. 8).».
Artículo 2
Los textos de los Reglamentos (CE) n o 1290/2008, (CE) n o 1292/2008, (CE) n o 1293/2008 y (CE) n o 102/2009 en lenguas islandesa y noruega, que se publicarán en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea, son auténticos.
Artículo 3
La presente Decisión entrará en vigor el 13 de marzo de 2010, siempre que se hayan comunicado al Comité Mixto del EEE (*) todas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo.
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( 1 ) Véase la página 4 del presente Diario Oficial.
( 2 ) DO L 340 de 19.12.2008, p. 20.
( 3 ) DO L 340 de 19.12.2008, p. 36.
( 4 ) DO L 340 de 19.12.2008, p. 38.
( 5 ) DO L 34 de 4.2.2009, p. 8.
(*) No se han indicado preceptos constitucionales.
Artículo 4
La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.
Hecho en Bruselas, el 12 de marzo de 2010.
Por el Comité Mixto del EEE
El Presidente
Alan SEATTER