EL COMITE MIXTO DEL EEE,
Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo denominado «el Acuerdo EEE») y, en particular, su artículo 98,
Considerando lo siguiente:
(1) Debe incorporarse al Acuerdo EEE la Decisión 2010/81/UE de la Comisión, de 9 de febrero de 2010, por la que se establecen las clases de reacción al fuego para determinados productos de construcción en lo que respecta a los adhesivos para azulejos de cerámica ( 1 ).
(2) Debe incorporarse al Acuerdo EEE la Decisión 2010/82/UE de la Comisión, de 9 de febrero de 2010, por la que se establecen las clases de reacción al fuego para determinados productos de construcción en lo que respecta a los revestimientos decorativos de paredes en forma de rollos y paneles ( 2 ).
(3) Debe incorporarse al Acuerdo EEE la Decisión 2010/83/UE de la Comisión, de 9 de febrero de 2010, por la que se establecen las clases de reacción al fuego para determinados productos de construcción en lo que respecta a los compuestos para juntas que secan al aire libre ( 3 ).
(4) Debe incorporarse al Acuerdo EEE la Decisión 2010/85/UE de la Comisión, de 9 de febrero de 2010, por la que se establecen las clases de reacción al fuego para determinados productos de construcción en lo que respecta a las soleras a base de cemento, las soleras a base de sulfato de calcio y las soleras para suelos a base de resinas sintéticas ( 4 ).
(5) Debe incorporarse al Acuerdo EEE la Decisión 2010/679/UE de la Comisión, de 8 de noviembre de 2010, que modifica la Decisión 95/467/CE por la que se aplica el apartado 2 del artículo 20 de la Directiva 89/106/CEE del Consejo relativa a los productos de construcción ( 5 ).
(6) Debe incorporarse al Acuerdo EEE la Decisión 2010/683/UE de la Comisión, de 9 de noviembre de 2010, por la que se modifica la Decisión 97/555/CE, relativa al procedimiento de certificación de la conformidad de los productos de construcción con arreglo al apartado 2 del artículo 20 de la Directiva 89/106/CEE del Consejo en lo que concierne a los cementos, cales para construcción y otros conglomerantes hidráulicos ( 6 ).
(7) Debe incorporarse al Acuerdo EEE la Decisión 2010/737/UE de la Comisión, de 2 de diciembre de 2010, por la que se establecen las clases de reacción al fuego para determinados productos de construcción en lo que respecta a las chapas de acero con revestimiento de poliéster y con revestimiento de plastisol ( 7 ).
(8) Debe incorporarse al Acuerdo EEE la Decisión 2010/738/UE de la Comisión, de 2 de diciembre de 2010, por la que se establecen las clases de reacción al fuego para determinados productos de construcción en lo que respecta a los productos de yeso fibroso de aplicación manual ( 8 ).
(9) Debe incorporarse al Acuerdo EEE la Decisión 2011/14/UE de la Comisión, de 13 de enero de 2011, por la que se modifica la Decisión 97/556/CE, relativa al procedimiento de certificación de la conformidad de productos de construcción con arreglo al artículo 20, apartado 2, de la Directiva 89/106/CEE del Consejo en lo que concierne a los sistemas y kits compuestos para el aislamiento térmico exterior con revoco ( 9 ).
(10) Debe incorporarse al Acuerdo EEE la Decisión 2011/19/UE de la Comisión, de 14 de enero de 2011, relativa al procedimiento de certificación de la conformidad de productos de construcción con arreglo al artículo 20, apartado 2, de la Directiva 89/106/CEE del Consejo, en lo que respecta a los productos selladores para usos no estructurales en juntas de edificios y sendas peatonales ( 10 ).
(11) Debe incorporarse al Acuerdo EEE la Decisión 2011/232/UE de la Comisión, de 11 de abril de 2011, por la que se modifica la Decisión 2000/367/CE, que establece un sistema de clasificación de las propiedades de resistencia al fuego de los productos de construcción, las obras de construcción y los elementos de los mismos ( 11 ).
(12) Debe incorporarse al Acuerdo EEE la Decisión 2011/246/UE de la Comisión, de 18 de abril de 2011, por la que se modifica la Decisión 1999/93/CE, relativa al procedimiento de certificación de la conformidad de productos de construcción con arreglo al apartado 2 del artículo 20 de la Directiva 89/106/CEE del Consejo en lo que concierne a las puertas, las ventanas, los postigos, las persianas, las cancelas y sus herrajes ( 1 ).
(13) Debe incorporarse al Acuerdo EEE la Decisión 2011/284/UE de la Comisión, de 12 de mayo de 2011, relativa al procedimiento de certificación de la conformidad de productos de construcción con arreglo al artículo 20, apartado 2, de la Directiva 89/106/CEE del Consejo, por lo que respecta a los cables de alimentación, control y comunicación ( 2 ).
(14) Debe incorporarse al Acuerdo EEE la Decisión de Ejecución 2012/201/UE de la Comisión, de 26 de marzo de 2012, por la que se modifica la Decisión 98/213/CE, relativa al procedimiento de certificación de la conformidad de productos de construcción con arreglo al apartado 2 del artículo 20 de la Directiva 89/106/CEE del Consejo, en lo que concierne a los kits de tabiquería interior ( 3 ).
(15) Debe incorporarse al Acuerdo EEE la Decisión de Ejecución 2012/202/UE de la Comisión, de 29 de marzo de 2012, por la que se modifica la Decisión 1999/94/CE, relativa al procedimiento de certificación de la conformidad de productos de construcción con arreglo al apartado 2 del artículo 20 de la Directiva 89/106/CEE del Consejo en lo que concierne a los productos prefabricados de hormigón normal, ligero y celular curado al vapor en autoclave ( 4 ).
(16) Procede, por tanto, modificar en consecuencia el anexo II del Acuerdo EEE.
____________________
( 1 ) DO L 38 de 11.2.2010, p. 9.
( 2 ) DO L 38 de 11.2.2010, p. 11.
( 3 ) DO L 38 de 11.2.2010, p. 13.
( 4 ) DO L 38 de 11.2.2010, p. 17.
( 5 ) DO L 292 de 10.11.2010, p. 55.
( 6 ) DO L 293 de 11.11.2010, p. 60.
( 7 ) DO L 317 de 3.12.2010, p. 39.
( 8 ) DO L 317 de 3.12.2010, p. 42.
( 9 ) DO L 10 de 14.1.2011, p. 5.
( 10 ) DO L 11 de 15.1.2011, p. 49.
( 11 ) DO L 97 de 12.4.2011, p. 49.
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
El capítulo XXI del anexo II del Acuerdo EEE se modifica como sigue:
1. En el décimo guion (Decisión 95/467/CE de la Comisión) del punto 1 (Directiva 89/106/CEE del Consejo), se añade el texto siguiente:
«, modificada por:
— 32010 D 0679: Decisión 2010/679/UE de la Comisión, de 8 de noviembre de 2010 (DO L 292 de 10.11.2010, p. 55).».
2. En el decimoctavo guion (Decisión 97/555/CE de la Comisión) del punto 1 (Directiva 89/106/CEE del Consejo), se añade el texto siguiente:
«, modificada por:
— 32010 D 0683: Decisión 2010/683/UE de la Comisión, de 9 de noviembre de 2010 (DO L 293 de 11.11.2010, p. 60).».
3. En el decimonoveno guion (Decisión 97/556/CE de la Comisión) del punto 1 (Directiva 89/106/CEE del Consejo), se añade el texto siguiente:
«, modificada por:
— 32011 D 0014: Decisión 2011/14/UE de la Comisión, de 13 de enero de 2011 (DO L 10 de 14.1.2011, p. 5).».
4. En el vigésimo quinto guion (Decisión 98/213/CE de la Comisión) del punto 1 (Directiva 89/106/CEE del Consejo), se añade el texto siguiente:
«, modificada por:
— 32012 D 0201: Decisión de Ejecución 2012/201/UE de la Comisión, de 26 de marzo de 2012 (DO L 109 de 21.4.2012, p. 20).».
5. En el cuadragésimo guion (Decisión 1999/93/CE de la Comisión) del punto 1 (Directiva 89/106/CEE del Consejo), se añade el texto siguiente:
«, modificada por:
— 32011 D 0246: Decisión 2011/246/UE de la Comisión, de 18 de abril de 2011 (DO L 103 de 19.4.2011, p. 114).».
6. En el cuadragésimo primer guion (Decisión 1999/94/CE de la Comisión) del punto 1 (Directiva 89/106/CEE del Consejo), se añade el texto siguiente:
«, modificada por:
— 32012 D 0202: Decisión de Ejecución 2012/202/UE de la Comisión, de 29 de marzo de 2012 (DO L 109 de 21.4.2012, p. 22).».
7. En el cuadragésimo noveno guion (Decisión 2000/367/CE de la Comisión) del punto 1 (Directiva 89/106/CEE del Consejo), se añade el texto siguiente:
«, modificada por:
— 32011 D 0232: Decisión 2011/232/UE de la Comisión, de 11 de abril de 2011 (DO L 97 de 12.4.2011, p. 49).».
8. Después del punto 2g (Decisión 2006/600/CE de la Comisión), se añaden los puntos siguientes:
«2h. 32010 D 0081: Decisión 2010/81/UE de la Comisión, de 9 de febrero de 2010, por la que se establecen las clases de reacción al fuego para determinados productos de construcción en lo que respecta a los adhesivos para azulejos de cerámica (DO L 38 de 11.2.2010, p. 9).
2i. 32010 D 0082: Decisión 2010/82/UE de la Comisión, de 9 de febrero de 2010, por la que se establecen las clases de reacción al fuego para determinados productos de construcción en lo que respecta a los adhesivos para azulejos de cerámica (DO L 38 de 11.2.2010, p. 11).
2j. 32010 D 0083: Decisión 2010/83/UE de la Comisión, de 9 de febrero de 2010, por la que se establecen las clases de reacción al fuego para determinados productos de construcción en lo que respecta a los compuestos para juntas que secan al aire libre (DO L 38 de 11.2.2010, p. 13).
2k. 32010 D 0085: Decisión 2010/85/UE de la Comisión, de 9 de febrero de 2010, por la que se establecen las clases de reacción al fuego para determinados productos de construcción en lo que respecta a las soleras a base de cemento, las soleras a base de sulfato de calcio y las soleras para suelos a base de resinas sintéticas (DO L 38 de 11.2.2010, p. 17).
2l. 32010 D 0737: Decisión 2010/737/UE de la Comisión, de 2 de diciembre de 2010, por la que se establecen las clases de reacción al fuego para determinados productos de construcción en lo que respecta a las chapas de acero con revestimiento de poliéster y con revestimiento de plastisol (DO L 317 de 3.12.2010, p. 39).
2m. 32010 D 0738: Decisión 2010/738/UE de la Comisión, de 2 de diciembre de 2010, por la que se establecen las clases de reacción al fuego para determinados productos de construcción en lo que respecta a los productos de yeso fibroso de aplicación manual (DO L 317 de 3.12.2010, p. 42).
2n. 32011 D 0019: Decisión 2011/19/UE de la Comisión, de 14 de enero de 2011, relativa al procedimiento de certificación de la conformidad de productos de construcción con arreglo al artículo 20, apartado 2, de la Directiva 89/106/CEE del Consejo, en lo que respecta a los productos selladores para usos no estructurales en juntas de edificios y sendas peatonales (DO L 11 de 15.1.2011, p. 49).
2o. 32011 D 0284: Decisión 2011/284/UE de la Comisión, de 12 de mayo de 2011, relativa al procedimiento de certificación de la conformidad de productos de construcción con arreglo al artículo 20, apartado 2, de la Directiva 89/106/CEE del Consejo, por lo que respecta a los cables de alimentación, control y comunicación (DO L 131 de 18.5.2011, p. 22).».
Artículo 2
Los textos de las Decisiones 2010/81/UE, 2010/82/UE, 2010/83/UE, 2010/85/UE, 2010/679/UE, 2010/683/UE, 2010/737/UE, 2010/738/UE, 2011/14/UE, 2011/19/UE, 2011/232/UE, 2011/246/UE, 2011/284/UE, y de las Decisiones de Ejecución 2012/201/UE y 2012/202/UE en lenguas islandesa y noruega, que se publicarán en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea, son auténticos.
Artículo 3
La presente Decisión entrará en vigor el 1 de noviembre de 2012, siempre que se hayan transmitido al Comité Mixto del EEE todas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE (*).
Artículo 4
La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.
Hecho en Bruselas, el 26 de octubre de 2012.
Por el Comité Mixto del EEE
El Presidente
Atle LEIKVOLL
________________________
(*) No se han indicado preceptos constitucionales.
( 1 ) DO L 103 de 19.4.2011, p. 114.
( 2 ) DO L 131 de 18.5.2011, p. 22.
( 3 ) DO L 109 de 21.4.2012, p. 20.
( 4 ) DO L 109 de 21.4.2012, p. 22.