EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,
Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, adaptado por el Protocolo por el que se adapta el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en lo sucesivo denominado "el Acuerdo", y, en particular, su artículo 98,
Considerando lo siguiente:
(1) El anexo XVI del Acuerdo fue modificado por la Decisión del Comité Mixto del EEE n° 143/2002, de 8 de noviembre de 2002 (1).
(2) Debe incorporarse al Acuerdo el Reglamento (CE) n° 2195/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de noviembre de 2002, por el que se aprueba el Vocabulario común de contratos públicos (CPV) (2).
DECIDE:
Artículo 1
Después del punto 6 [Reglamento (CEE/Euratom) n° 1182/71] del anexo XVI del Acuerdo se añadirá el punto siguiente:
"6a. 32002 R 2195: Reglamento (CE) n° 2195/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de noviembre de 2002, por el que se aprueba el Vocabulario común de contratos públicos (CPV) (DO L 340 de 16.12.2002, p. 1).".
Artículo 2
Los textos del Reglamento (CE) n° 2195/2003 en lenguas islandesa y noruega, anejos a las respectivas versiones lingüísticas de la presente Decisión, son auténticos.
Artículo 3
La presente Decisión entrará en vigor el 6 de diciembre de 2003, siempre que se hayan transmitido al Comité Mixto del EEE todas las notificaciones previstas en el apartado 1 del artículo 103 del Acuerdo(3).
Artículo 4
La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.
Hecho en Bruselas, el 5 de diciembre de 2003.
Por el Comité Mixto del EEE
El Presidente
H. S. H. Prinz Nikolaus von Liechtenstein
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(1) DO L 19 de 23.1.2003, p. 11.
(2) DO L 340 de 16.12.2002, p. 1.
(3) No se han indicado preceptos constitucionales.