Decisión del Comité Mixto del EEE nº 178/2004, de 3 de diciembre de 2004, por la que se modifica el Protocolo 21 (sobre la aplicación de las normas de competencia relativas a las empresas) y el Protocolo 23 (relativo a la cooperación entre los órganos de vigilancia) del Acuerdo EEE.

Vigente Decisión Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2005-80908
Número oficial:
DOUE-L-2005-80908
Publicación:
26/05/2005
Departamento:
Unión Europea

EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,

Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, adaptado por el Protocolo por el que se adapta el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en lo sucesivo denominado «el Acuerdo», y, en particular, su artículo 98,

Considerando lo siguiente:

(1) El Protocolo 21 del Acuerdo fue modificado por la Decisión del Comité Mixto del EEE nº 130/2004, de 24 de septiembre de 2004 (1).

(2) El Protocolo 23 del Acuerdo fue modificado por la Decisión del Comité Mixto del EEE nº 130/2004, de 24 de septiembre de 2004.

(3) Debe incorporarse al Acuerdo el Reglamento (CE) nº 773/2004 de la Comisión, de 7 de abril de 2004, relativo al desarrollo de los procedimientos de la Comisión con arreglo a los artículos 81 y 82 del Tratado CE (2).

(4) El Reglamento (CE) nº 773/2004 deroga los Reglamentos (CE) nº 3385/94 (3), (CE) nº 2842/98 (4) y (CE) nº 2843/98 (5) de la Comisión, incorporados al Acuerdo y que, en consecuencia, deben suprimirse del mismo.

DECIDE:

Artículo 1

El artículo 3 del Protocolo 21 del Acuerdo se modificará como sigue:

1) El punto 1.4. [Reglamento (CE) nº 3385/94 de la Comisión] se sustituirá por el texto siguiente:

«32004 R 0773: Reglamento (CE) nº 773/2004 de la Comisión, de 7 de abril de 2004, relativo al desarrollo de los procedimientos de la Comisión con arreglo a los artículos 81 y 82 del Tratado CE (DO L 123 de 27.4.2004, p. 18).».

__________________________

(1) DO L 64 de 10.3.2005, p. 57.

(2) DO L 123 de 27.4.2004, p. 18.

(3) DO L 377 de 31.12.1994, p. 28.

(4) DO L 354 de 30.12.1998, p. 18.

(5) DO L 354 de 30.12.1998, p. 22.

2) Se suprimirá el texto de los puntos 1.5. [Reglamento (CE) nº 2842/98 de la Comisión], 1.15.

[Reglamento (CE) nº 2842/98 de la Comisión] y 1.16. [Reglamento (CE) nº 2843/98 de la Comisión].

Artículo 2

Después del artículo 10 del Protocolo 23 del Acuerdo, se añadirá el texto siguiente:

«ACCESO AL EXPEDIENTE

Artículo 10 bis

En caso de que un órgano de vigilancia dé acceso al expediente a las partes a las que haya dirigido un pliego de objeciones, el derecho de acceso al expediente no se extenderá a los documentos internos del otro órgano de vigilancia o de las autoridades en materia de competencia de los Estados miembros de la CE y de los Estados de la AELC. El derecho de acceso al expediente tampoco se extenderá a la correspondencia entre los órganos de vigilancia, entre un órgano de vigilancia y las autoridades en materia de competencia de los Estados miembros de las CE y de los Estados de la AELC o entre dichas autoridades, en caso de que tal correspondencia figure en el expediente del órgano de vigilancia competente.».

Artículo 3

Los textos del Reglamento (CE) nº 773/2004 en lenguas islandesa y noruega, anejos a las respectivas versiones lingüísticas de la presente Decisión, son auténticos.

Artículo 4

La presente Decisión entrará en vigor el 4 de diciembre de 2004, siempre que se hayan transmitido al Comité Mixto del EEE todas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo (*), o el día en que entre en vigor la Decisión del Comité Mixto del EEE nº 130/2004, de 24 de septiembre de 2004, si esta última fuera posterior.

Artículo 5

La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 3 de diciembre de 2004.

Por el Comité Mixto del EEE

El Presidente

Kjartan JÓHANNSSON

__________________

(*) Se han indicado preceptos constitucionales.

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/855 de la Comisión, de 14 de abril de 2026, relativo a los requisitos de interoperabilidad y procedimientos no discriminatorios y transparentes para acceder a los datos necesarios para el cambio de suministrador.

Reglamento 16/04/2026

Actualización de los importes de referencia para el cruce de las fronteras exteriores, de conformidad con lo establecido en el artículo 6, apartado 4, del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen).

Otros 27/04/2026

Acuerdo de Colaboración y Cooperación Reforzadas entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Uzbekistán, por otra.

Acuerdo 30/04/2026

Acuerdo de Asociación entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y el Mercado Común del Sur, la República Argentina, la República Federativa de Brasil, la República del Paraguay y la República Oriental del Uruguay, por otra parte.

Acuerdo Internacional 27/02/2026

¿Necesitas analizar documentos jurídicos?

Lawly analiza sentencias, contratos y documentos legales con inteligencia artificial en segundos.

Prueba gratis — 7 días por 7 €