EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,
Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en la redacción dada al mismo por el Protocolo por el que se adapta el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo denominado «el Acuerdo»), y, en particular, su artículo 98,
Considerando lo siguiente:
(1) El anexo II del Acuerdo fue modificado por la Decisión del Comité Mixto del EEE no 129/2006, de 27 de octubre de 2006 (1).
(2) Debe incorporarse al Acuerdo la Recomendación 2006/406/CE de la Comisión, de 7 de junio de 2006, por la que se establecen las directrices sobre la utilización de indicaciones de ausencia de experimentos en animales con arreglo a la Directiva 76/768/CEE del Consejo (2).
DECIDE:
Artículo 1
En el capítulo XVI del anexo II del Acuerdo, después del punto 13 (Directiva 2003/83/CE de la Comisión, suprimida) se inserta el siguiente texto
«ACTOS DE LOS QUE TOMARÁN NOTA LAS PARTES CONTRATANTES
Las Partes contratantes toman nota del contenido de los siguientes actos:
14. 32006 H 0406: Recomendación 2006/406/CE de la Comisión, de 7 de junio de 2006, por la que se establecen las directrices sobre la utilización de indicaciones de ausencia de experimentos en animales con arreglo a la Directiva 76/768/CEE del Consejo (DO L 158 de 10.6.2006, p. 18).».
Artículo 2
Los textos de la Recomendación 2006/406/CE en lenguas islandesa y noruega, que se publicarán en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea, son auténticos.
Artículo 3
La presente Decisión entrará en vigor el 28 de abril de 2007, siempre que se hayan transmitido al Comité Mixto del EEE (*) todas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo.
_______________
(1) DO L 366 de 21.12.2006, p. 66.
(2) DO L 158 de 10.6.2006, p. 18.
(*) No se han indicado preceptos constitucionales.
Artículo 4
La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.
Hecho en Bruselas, el 27 de abril de 2007.
Por el Comité Mixto del EEE
El Presidente
Alan SEATTER