EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,
Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo denominado «el Acuerdo EEE») y, en particular, su artículo 98,
Considerando lo siguiente:
(1) Debe incorporarse al Acuerdo EEE el Reglamento (UE) n o 580/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 8 de junio de 2011, que modifica el Reglamento (CE) n o 460/2004 por el que se crea la Agencia Europea de Seguridad de las Redes y de la Información, en lo que respecta a su duración ( 1 ).
(2) Procede, por tanto, modificar en consecuencia el anexo XI del Acuerdo EEE.
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
En el anexo XI del Acuerdo EEE, en el punto 5cp [Reglamento (CE) n o 460/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo], se añade el guion siguiente:
«— 32011 R 0580: Reglamento (UE) n o 580/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo de 8 de junio de 2011 (DO L 165 de 24.6.2011, p. 3).».
Artículo 2
Los textos del Reglamento (UE) n o 580/2011 en lenguas islandesa y noruega, que se publicarán en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea, son auténticos.
Artículo 3
La presente Decisión entrará en vigor el 1 de noviembre de 2012, siempre que se hayan transmitido al Comité Mixto del EEE todas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE (*).
Artículo 4
La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.
Hecho en Bruselas, el 28 de septiembre de 2012.
Por el Comité Mixto del EEE
El Presidente
Atle LEIKVOLL
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( 1 ) DO L 165 de 24.6.2011, p. 3.
(*) No se han indicado preceptos constitucionales.