EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,
Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, adaptado por el Protocolo por el que se adapta el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en lo sucesivo denominado << el Acuerdo >>, y, en particular, su artículo 98,
Considerando lo siguiente:
(1) El anexo XI del Acuerdo fue modificado por la Decisión n° 104/2002 del Comité Mixto del EEE, de 12 de julio de 2002 (1).
(2) Debe incorporarse al Acuerdo la Directiva 2002/39/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 10 de junio de 2002, por la que se modifica la Directiva 97/67/CE con el fin de proseguir la apertura a la competencia de los servicios postales de la Comunidad (2).
DECIDE:
Artículo 1
Después del punto 5d (Directiva 97/67/CE del Parlamento Europeo y del Consejo) del anexo XI del
Acuerdo se añadirá el texto siguiente:
<<, modificada por:
- 32002 L 0039: Directiva 2002/39/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 10 de junio de 2002 (DO L 176 de 5.7.2002, p. 21).>>.
Artículo 2
Los textos de la Directiva 2002/39/CE en lenguas islandesa y noruega, anejos a las respectivas versiones lingüísticas de la presente Decisión, son auténticos.
Artículo 3
La presente Decisión entrará en vigor el 7 de diciembre de 2002, siempre que se hayan transmitido al Comité Mixto del EEE todas las notificaciones previstas en el apartado 1 del artículo 103 del Acuerdo (3).
Artículo 4
La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.
Hecho en Bruselas, el 6 de diciembre de 2002.
Por el Comité Mixto del EEE
El Presidente
Kjartan Jóhannsson
___________
(1) DO L 298 de 31.10.2002, p. 21.
(2) DO L 176 de 5.7.2002, p. 21.
(3) Se han indicado preceptos constitucionales.