EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,
Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, adaptado por el Protocolo por el que se adapta el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en lo sucesivo denominado «el Acuerdo», y, en particular, su artículo 98,
Considerando lo siguiente:
(1) El anexo II del Acuerdo fue modificado por la Decisión del Comité Mixto del EEE nº 144/2004, de 29 de octubre de 2004 (1).
(2) Debe incorporarse al Acuerdo el Reglamento (CE) nº 608/2004 de la Comisión, de 31 de marzo de 2004, relativo al etiquetado de alimentos e ingredientes alimentarios con fitosteroles, ésteres de fitosterol, fitostanoles o ésteres de fitostanol añadidos (2).
(3) Debe incorporarse al Acuerdo la Decisión 2004/429/CE de la Comisión, de 29 de abril de 2004, por la que se modifican las Decisiones 97/830/CE, 2000/49/CE, 2002/79/CE y 2002/80/CE en lo referente a los puntos exclusivos de entrada en la Comunidad Europea de las importaciones de los productos a los que se refieren dichas Decisiones (3), rectificada en el DO L 189 de 27.5.2004, p. 13.
(4) Debe incorporarse al Acuerdo la Directiva 2004/77/CE de la Comisión, de 29 de abril de 2004, por la que se modifica la Directiva 94/54/CE en lo que respecta al etiquetado de determinados productos alimenticios que contienen ácido glicirrícico y su sal amónica (4).
DECIDE:
Artículo 1
El capítulo XII del anexo II del Acuerdo quedará modificado de la forma siguiente:
1) En el punto 54zc (Directiva 94/54/CE de la Comisión) se añadirá el siguiente guión:
«— 32004 L 0077: Directiva 2004/77/CE de la Comisión, de 29 de abril de 2004 (DO L 162 de 30.4.2004, p. 76).».
___________________________
(1) DO L 102 de 21.4.2005, p. 13.
(2) DO L 97 de 1.4.2004, p. 44.
(3) DO L 154 de 30.4.2004, p. 20.
(4) DO L 162 de 30.4.2004, p. 76.
2) En el punto 54ze (Decisión 2000/49/CE de la Comisión), en el punto 54zv (Decisión 2002/79/CE de la Comisión), en el punto 54zw (Decisión 2002/80/CE de la Comisión) y en el punto 54zzl (Decisión 97/830/CE de la Comisión) se añadirá el siguiente guión:
«— 32004 D 0429: Decisión 2004/429/CE de la Comisión, de 29 de abril de 2004 (DO L 154 de 30.4.2004, p. 20), rectificada en el DO L 189 de 27.5.2004, p. 13.».
3) Después del punto 54zzn (Directiva 2004/16/CE de la Comisión) se añadirá el siguiente punto:
«54zzo.32004 R 0608: Reglamento (CE) nº 608/2004 de la Comisión, de 31 de marzo de 2004, relativo al etiquetado de alimentos e ingredientes alimentarios con fitosteroles, ésteres de fitosterol, fitostanoles o ésteres de fitostanol añadidos (DO L 97 de 1.4.2004, p. 44).».
Artículo 2
Los textos del Reglamento (CE) nº 608/2004, de la Directiva 2004/77/CE y de la Decisión 2004/429/CE, rectificada en el DO L 189 de 27.5.2004, p. 13, en lenguas islandesa y noruega, anejos a las respectivas versiones lingüísticas de la presente Decisión, son auténticos.
Artículo 3
La presente Decisión entrará en vigor el 4 de diciembre de 2004, siempre que se hayan transmitido al Comité Mixto del EEE todas las notificaciones previstas en el del artículo 103, apartado 1, del Acuerdo (*).
Artículo 4
La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.
Hecho en Bruselas, el 3 de diciembre de 2004.
Por el Comité Mixto del EEE
El Presidente
Kjartan JÓHANNSSON
(*) No se han indicado preceptos constitucionales.