EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,
Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, adaptado por el Protocolo por el que se adapta el
Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en adelante denominado << el Acuerdo >>, y, en particular, su artículo 98,
Considerando lo siguiente:
(1) El anexo II del Acuerdo fue modificado por la Decisión n° 13/2001 del Comité Mixto del EEE, de 23 de febrero de 2001 (1).
(2) Debe incorporarse al Acuerdo la vigésima sexta Directiva 2002/34/CE de la Comisión, de 15 de abril de 2002, por la que se adaptan al progreso técnico los anexos II, III y VII de la Directiva 76/768/CEE del
Consejo relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros en materia de productos cosméticos (2).
DECIDE:
Artículo 1
En el punto 1 (Directiva 76/768/CEE del Consejo) del capítulo XVI del anexo II del Acuerdo, se añadirá el guión siguiente:
<< - 32002 L 0034: vigésima sexta Directiva 2002/34/CE de la Comisión, de 15 de abril de 2002 (DO L 102 de 18.4.2002, p. 19).>>.
Artículo 2
Los textos de la Decisión 2002/34/CE en lenguas islandesa y noruega, anejos a las respectivas versiones lingüísticas de la presente Decisión, son auténticos.
Artículo 3
La presente Decisión entrará en vigor el 7 de diciembre de 2002, siempre que se hayan transmitido al Comité Mixto del EEE todas las notificaciones establecidas por el apartado 1 del artículo 103 del Acuerdo (3).
Artículo 4
La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.
Hecho en Bruselas, el 6 de diciembre de 2002.
Por el Comité Mixto del EEE
El Presidente
Kjartan Jóhannsson
___________
(1) DO L 117 de 26.4.2001, p. 9.
(2) DO L 102 de 18.4.2002, p. 19.
(3) No se han indicado preceptos constitucionales.