EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,
Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en la redacción dada al mismo por el Protocolo por el que se adapta el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo denominado «el Acuerdo»), y, en particular, su artículo 98,
Considerando lo siguiente:
(1) El anexo IV del Acuerdo fue modificado por la Decisión del Comité Mixto del EEE n o 162/2011, de 19 de diciembre de 2011 ( 1 ).
(2) Debe incorporarse al Acuerdo la Decisión 2009/548/CE de la Comisión, de 30 de junio de 2009, por la que se establece un modelo para los planes de acción nacionales en materia de energía renovable en virtud de la Directiva 2009/28/CE del Parlamento Europeo y del Consejo ( 2 ).
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
Después del punto 41 (Directiva 2009/28/CE del Parlamento Europeo y del Consejo) del anexo IV del Acuerdo, se inserta el texto siguiente:
«42. 32009 D 0548: Decisión 2009/548/CE de la Comisión, de 30 de junio de 2009, por la que se establece un modelo para los planes de acción nacionales en materia de energía renovable en virtud de la Directiva 2009/28/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 182 de 15.7.2009, p. 33).
La presente Decisión no es aplicable a Liechtenstein.».
Artículo 2
Los textos de la Decisión 2009/548/CE en lenguas islandesa y noruega, que se publicarán en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea, son auténticos.
Artículo 3
La presente Decisión entrará en vigor el 11 de febrero de 2012, siempre que se hayan transmitido al Comité Mixto del EEE (*) todas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo.
Artículo 4
La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.
Hecho en Bruselas, el 10 de febrero de 2012.
Por el Comité Mixto del EEE
El Presidente en funciones
Gianluca GRIPPA
__________________
( 1 ) DO L 76 de 15.3.2012, p. 49.
( 2 ) DO L 182 de 15.7.2009, p. 33.
(*) No se han indicado preceptos constitucionales.