EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,
Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en la redacción dada al mismo por el Protocolo por el que se adapta el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en lo sucesivo denominado «el Acuerdo», y, en particular, su artículo 98,
Considerando lo siguiente:
(1) El anexo X del Acuerdo fue modificado por la Decisión del Comité Mixto del EEE no 11/2004, de 6 de febrero de 2004 (1).
(2) Debe incorporarse al Acuerdo la Recomendación 2005/865/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de noviembre de 2005, relativa al patrimonio cinematográfico y la competitividad de las actividades industriales relacionadas (2).
DECIDE:
Artículo 1
En el anexo X del Acuerdo, después del punto 4 (Resolución 1999/C 30/01 del Consejo y de los representantes de los Gobiernos de los Estados miembros), se inserta el siguiente punto:
«5. 32005 H 0865: Recomendación 2005/865/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de noviembre de 2005, relativa al patrimonio cinematográfico y la competitividad de las actividades industriales relacionadas (DO L 323 de 9.12.2005, p. 57).».
Artículo 2
Los textos de la Recomendación 2005/865/CE en lenguas islandesa y noruega, que se publicarán en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea, son auténticos.
Artículo 3
La presente Decisión entrará en vigor el 8 de diciembre de 2007, siempre que se hayan transmitido al Comité Mixto del EEE todas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo (*).
Artículo 4
La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.
Hecho en Bruselas, el 7 de diciembre de 2007.
Por el Comité Mixto del EEE
El Presidente
Stefán Haukur JÓHANNESSON
_______________
(1) DO L 116 de 22.4.2004, p. 60.
(2) DO L 323 de 9.12.2005, p. 57.
(*) No se han indicado preceptos constitucionales.