Decisión del Comité Mixto del EEE nº 149/2006, de 8 de diciembre de 2006, por la que se modifica el anexo II (Reglamentaciones técnicas, normas, ensayos y certificación) del Acuerdo EEE.

Vigente Decisión Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2007-80423
Número oficial:
DOUE-L-2007-80423
Publicación:
29/03/2007
Departamento:
Unión Europea

EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,

Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, modificado por el Protocolo por el que se adapta el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo denominado «el Acuerdo»), y, en particular, su artículo 98,

Considerando lo siguiente:

(1) El anexo II del Acuerdo fue modificado por la Decisión del Comité Mixto del EEE no 107/2005, de 8 de julio de 2005 (1).

(2) Debe incorporarse al Acuerdo la Decisión 2006/347/CE de la Comisión, de 3 de enero de 2006, sobre las disposiciones nacionales notificadas por el Reino de Suecia con arreglo al artículo 95, apartado 4, del Tratado CE, en relación con el contenido máximo admisible de cadmio en los abonos (2).

(3) Debe incorporarse al Acuerdo la Decisión 2006/348/CE de la Comisión, de 3 de enero de 2006, sobre las disposiciones nacionales notificadas por la República de Finlandia con arreglo al artículo 95, apartado 4, del Tratado CE, en relación con el contenido máximo admisible de cadmio en los abonos (3).

(4) Debe incorporarse al Acuerdo la Decisión 2006/349/CE de la Comisión, de 3 de enero de 2006, sobre las disposiciones nacionales notificadas por la República de Austria con arreglo al artículo 95, apartado 4, del Tratado CE, en relación con el contenido máximo admisible de cadmio en los abonos (4).

(5) Debe incorporarse al Acuerdo la Decisión 2006/390/CE de la Comisión, de 24 de mayo de 2006, sobre las disposiciones nacionales notificadas por la República Checa con arreglo al artículo 95, apartado 4, del Tratado CE, en relación con el contenido máximo admisible de cadmio en los abonos (5).

DECIDE:

Artículo 1

En el anexo II del Acuerdo, capítulo XIV, después del punto 1 [Reglamento (CE) no 2003/2003 del Parlamento Europeo y del Consejo] se añaden los puntos siguientes:

«2. 32006 D 0347: Decisión 2006/347/CE de la Comisión, de 3 de enero de 2006, sobre las disposiciones nacionales notificadas por el Reino de Suecia con arreglo al artículo 95, apartado 4, del Tratado CE, en relación con el contenido máximo admisible de cadmio en los abonos (DO L 129 de 17.5.2006, p. 19).

3. 32006 D 0348: Decisión 2006/348/CE de la Comisión, de 3 de enero de 2006, sobre las disposiciones nacionales notificadas por la República de Finlandia con arreglo al artículo 95, apartado 4, del Tratado CE, en relación con el contenido máximo admisible de cadmio en los abonos (DO L 129 de 17.5.2006, p. 25).

____________

(1) DO L 306 de 24.11.2005, p. 45.

(2) DO L 129 de 17.5.2006, p. 19.

(3) DO L 129 de 17.5.2006, p. 25.

(4) DO L 129 de 17.5.2006, p. 31.

(5) DO L 150 de 3.6.2006, p. 17.

4. 32006 D 0349: Decisión 2006/349/CE de la Comisión, de 3 de enero de 2006, sobre las disposiciones nacionales notificadas por la República de Austria con arreglo al artículo 95, apartado 4, del Tratado CE, en relación con el contenido máximo admisible de cadmio en los abonos (DO L 129 de 17.5.2006, p. 31).

5. 32006 D 0390: Decisión 2006/390/CE de la Comisión, de 24 de mayo de 2006, sobre las disposiciones nacionales notificadas por la República Checa con arreglo al artículo 95, apartado 4, del Tratado CE, en relación con el contenido máximo admisible de cadmio en los abonos (DO L 150 de 3.6.2006, p. 17).».

Artículo 2

Los textos de las Decisiones 2006/347/CE, 2006/348/CE, 2006/349/CE y 2006/390/CE en lenguas islandesa y noruega, que se publicarán en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea, son auténticos.

Artículo 3

La presente Decisión entrará en vigor el 9 de diciembre de 2006, siempre que se hayan comunicado al Comité Mixto del EEE (*) todas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo.

Artículo 4

La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 8 de diciembre de 2006.

Por el Comité Mixto del EEE

La Presidenta

Oda Helen SLETNES

_____________

(*) No se han indicado preceptos constitucionales.

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