Decisión del Comité Mixto del EEE nº 142/2003, de 7 de noviembre de 2003, por la que se modifica el anexo II (Reglamentaciones técnicas, normas, ensayos y certificación) del Acuerdo EEE.

Vigente Decisión Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2004-80262
Número oficial:
DOUE-L-2004-80262
Publicación:
12/02/2004
Departamento:
Unión Europea

EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,

Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, adaptado por el Protocolo por el que se adapta el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en lo sucesivo denominado "el Acuerdo", y, en particular, su artículo 98,

Considerando lo siguiente:

(1) El anexo II del Acuerdo fue modificado por la Decisión del Comité Mixto del EEE n° 107/2003, de 26 de septiembre de 2003 (1).

(2) Debe incorporarse al Acuerdo el Reglamento (CE) n° 2382/2002 de la Comisión, de 30 de diciembre de 2002, que modifica el Reglamento (CEE) n° 94/92 por el que se establecen las disposiciones de aplicación del régimen de importaciones de países terceros contemplado en el Reglamento (CEE) n° 2092/91 (2).

(3) Debe incorporarse al Acuerdo el Reglamento (CE) n° 223/2003 de la Comisión, de 5 de febrero de 2003, relativo a los requisitos en materia de etiquetado referidos al método de producción agrícola ecológico en lo que respecta a los alimentos para animales, los piensos compuestos y las materias primas para la alimentación animal, y que modifica el Reglamento (CEE) n° 2092/91 del Consejo (3).

DECIDE:

Artículo 1

El capítulo XII del anexo II del Acuerdo quedará modificado como sigue:

1) En el punto 54b [Reglamento (CEE) n° 2092/91 del Consejo] se añadirán los guiones siguientes:

"- 32002 R 2382: Reglamento (CE) n° 2382/2002 de la Comisión, de 30 de diciembre de 2002 (DO L 358 de 31.12.2002, p. 120).

- 32003 R 0223: Reglamento (CE) n° 223/2003 de la Comisión, de 5 de febrero de 2003 (DO L 31 de 6.2.2003, p. 3).".

2) Después del punto 54zzf [Reglamento (CE) n° 1788/2001 de la Comisión] se insertará el punto siguiente:

"54zzg. 32003 R 0223: Reglamento (CE) n° 223/2003 de la Comisión, de 5 de febrero de 2003, relativo a los requisitos en materia de etiquetado referidos al método de producción agrícola ecológico en lo que respecta a los alimentos para animales, los piensos compuestos y las materias primas para la alimentación animal, y que modifica el Reglamento (CEE) n° 2092/91 del Consejo (DO L 31 de 6.2.2003, p. 3).".

Artículo 2

Los textos de los Reglamentos (CE) n° 2382/2002 y (CE) n° 223/2003 en lenguas islandesa y noruega, anejos a las respectivas versiones lingüísticas de la presente Decisión, son auténticos.

Artículo 3

La presente Decisión entrará en vigor el 8 de noviembre de 2003, siempre que se hayan transmitido al Comité Mixto del EEE todas las notificaciones previstas en el apartado 1 del artículo 103 del Acuerdo(4).

Artículo 4

La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 7 de noviembre de 2003.

Por el Comité Mixto del EEE

El Presidente

H. S. H. Prinz Nikolaus von Liechtenstein

________

(1) DO L 331 de 18.12.2003, p. 18.

(2) DO L 358 de 31.12.2002, p. 120.

(3) DO L 31 de 6.2.2003, p. 3.

(4) No se indican requisitos constitucionales.

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/855 de la Comisión, de 14 de abril de 2026, relativo a los requisitos de interoperabilidad y procedimientos no discriminatorios y transparentes para acceder a los datos necesarios para el cambio de suministrador.

Reglamento 16/04/2026

Actualización de los importes de referencia para el cruce de las fronteras exteriores, de conformidad con lo establecido en el artículo 6, apartado 4, del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen).

Otros 27/04/2026

Acuerdo de Colaboración y Cooperación Reforzadas entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Uzbekistán, por otra.

Acuerdo 30/04/2026

Acuerdo de Asociación entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y el Mercado Común del Sur, la República Argentina, la República Federativa de Brasil, la República del Paraguay y la República Oriental del Uruguay, por otra parte.

Acuerdo Internacional 27/02/2026

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