EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,
Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, modificado por el Protocolo por el que se adapta el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en lo sucesivo denominado «el Acuerdo» y, en particular, su artículo 98,
Considerando lo siguiente :
(1) El anexo XIII del Acuerdo fue modificado por la Decisión no 179/2004 del Comité Mixto del EEE, de 9 de diciembre de 2004 (1).
(2) El Reglamento (CE) no 725/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 31 de marzo de 2004, relativo a la mejora de la protección de los buques y las instalaciones portuarias (2), debe incorporarse al Acuerdo.
DECIDE :
Artículo 1
Después del punto 56ba (Directive 96/40/CE de la Comisión) del anexo XIII del Acuerdo, se añadirá el siguiente punto:
«56bb. 32004 R 0725: Reglamento (CE) no 725/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 31 de marzo de 2004, relativo a la mejora de la protección de los buques y las instalaciones portuarias (DO L 129 de 29.4.2004, p. 6).».
Artículo 2
Los textos del Reglamento (CE) no 725/2004 en lenguas islandesa y noruega, que se publicarán en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea, son auténticos.
Artículo 3
La presente Decisión entrará en vigor el 9 de febrero de 2005, siempre que se hayan efectuado al Comité Mixto del EEE todas las notificaciones previstas en el apartado 1 del artículo 103 del Acuerdo (*).
__________________________________
(1) DO L 133, de 26.5.2005, p. 37..
(2) DO L 129 de 29.4.2004, p. 6.
(*) Se han indicado preceptos constitucionales.
Artículo 4
La presente Decisión se publicará en la Sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.
Hecho en Bruselas, el 8 de febrero de 2005.
Por el Comité Mixto del EEE
El Presidente
Richard WRIGHT