EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,
Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, modificado por el Protocolo por el que se adapta el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en lo sucesivo denominado «el Acuerdo», y, en particular, su artículo 98,
Considerando lo siguiente:
(1) El anexo XIII del Acuerdo fue modificado por la Decisión del Comité Mixto del EEE nº 109/2004, de 9 de julio de 2004 (1).
(2) La Directiva 2003/127/CE de la Comisión, de 23 de diciembre de 2003, por la que se modifica la Directiva 1999/37/CE relativa a los documentos de matriculación de los vehículos (2), debe incorporarse al Acuerdo.
DECIDE:
Artículo 1
En el punto 24c (Directiva 1999/37/CE del Consejo) del anexo XIII del Acuerdo se añadirá el siguiente guión:
«— 32003 L 0127: Directiva 2003/127/CE de la Comisión, de 23 de diciembre de 2003 (DO L 10 de 16.1.2004, p. 29).».
Artículo 2
Los textos de la Directiva 2003/127/CE en lenguas islandesa y noruega, anejos a las respectivas versiones lingüísticas de la presente Decisión, son auténticos.
Artículo 3
La presente Decisión entrará en vigor el 25 de septiembre de 2004, siempre que se hayan transmitido al Comité Mixto del EEE todas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo (*).
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(1) DO L 376 de 23.12.2004, p. 43.
(2) DO L 10 de 16.1.2004, p. 29.
(*) No se han indicado preceptos constitucionales.
Artículo 4
La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.
Hecho en Bruselas, el 24 de septiembre de 2004.
Por el Comité Mixto del EEE
El Presidente
Kjartan JÓHANNSSON