Decisión del Comité Mixto del EEE nº 127/2005, de 30 de septiembre de 2005, por la que se modifica el anexo XXI (Estadísticas) del Acuerdo EEE.

Vigente Decisión Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2005-82562
Número oficial:
DOUE-L-2005-82562
Publicación:
22/12/2005
Departamento:
Unión Europea

EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,

Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, modificado por el Protocolo por el que se adapta el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en lo sucesivo denominado «el Acuerdo», y, en particular, su artículo 98,

Considerando lo siguiente:

(1) El anexo XXI del Acuerdo fue modificado por la Decisión del Comité Mixto del EEE no 86/2005, de 10 de junio de 2005 (1).

(2) Debe incorporarse al Acuerdo el Reglamento (CE) no 2139/2004 de la Comisión, de 8 de diciembre de 2004, por el que se adapta y aplica el Reglamento (CEE) no 571/88 del Consejo y se modifica la Decisión 2000/115/CE de la Comisión con vistas a la organización de las encuestas comunitarias sobre la estructura de las explotaciones agrícolas en 2005 y 2007 (2).

DECIDE:

Artículo 1

El anexo XXI del Acuerdo queda modificado como sigue:

1) En el punto 23 [Reglamento (CEE) no 571/88 del Consejo] se añade el siguiente guión:

«— 32004 R 2139: Reglamento (CE) no 2139/2004 de la Comisión, de 8 de diciembre de 2004 (DO L 369 de 16.12.2004, p. 26).».

2) La lista del apéndice 1 se sustituye por la lista que figura en el anexo de la presente Decisión.

3) El texto de adaptación del punto 23 [Reglamento (CEE) no 571/88 del Consejo] se modifica como sigue:

i) se añade la siguiente adaptación:

«k) Se exime a Liechtenstein de facilitar los datos exigidos en el presente Reglamento.», ii) en la adaptación d), se suprimen los términos «y Liechtenstein»,

_________________________________

(1) DO L 268 de 13.10.2005, p. 21.

(2) DO L 369 de 16.12.2004, p. 26.

iii) se suprime la adaptación f),

iv) en la adaptación h), se suprimen los términos «Liechtenstein y».

4) En el punto 23a (Decisión 2000/115/CE de la Comisión) se añade el siguiente guión:

«— 32004 R 2139: Reglamento (CE) no 2139/2004 de la Comisión, de 8 de diciembre de 2004 (DO L 369 de 16.12.2004, p. 26).».

5) El texto de adaptación del punto 23a (Decisión 2000/115/CE de la Comisión) se modifica como sigue:

i) en la adaptación e), se suprimen los términos «Liechtenstein 16 años»,

ii) se añade la siguiente adaptación:

«f) La presente Decisión no es aplicable a Liechtenstein.».

6) Después del punto 23a (Decisión 2000/115/CE de la Comisión) se añade el siguiente punto:

«23b. 32004 R 2139: Reglamento (CE) no 2139/2004 de la Comisión, de 8 de diciembre de 2004, por el que se adapta y aplica el Reglamento (CEE) no 571/88 del Consejo y se modifica la Decisión 2000/115/CE con vistas a la organización de las encuestas comunitarias sobre la estructura de las explotaciones agrícolas en 2005 y 2007 (DO L 369 de 16.12.2004, p. 26).

A efectos del presente Acuerdo, las disposiciones del Reglamento se entenderán con arreglo a las siguientes adaptaciones:

En el artículo 4, se añade el siguiente texto:

“Los países de la AELC comunicarán los datos individuales validados procedentes de las encuestas estructurales agrícolas de 2005 a más tardar el 31 de diciembre de 2006, y los datos individuales validados procedentes de las encuestas estructurales agrícolas de 2007 a más tardar el 31 de diciembre de 2008.

El presente Reglamento no es aplicable a Liechtenstein.”.».

Artículo 2

Los textos del Reglamento (CE) no 2139/2004 en lenguas islandesa y noruega, anejos a las respectivas versiones lingüísticas de la presente Decisión, son auténticos.

Artículo 3

La presente Decisión entrará en vigor el 1 de octubre de 2005, siempre que se hayan efectuado al Comité Mixto del EEE todas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo (*).

___________

(*) No se han indicado preceptos constitucionales.

Artículo 4

La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 30 de septiembre de 2005.

Por el Comité Mixto del EEE,

El Presidente

SAS el Príncipe Nikolaus von LIECHTENSTEIN

ANEXO

TABLA OMITIDA EN PÁGINAS 44 A 52

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/855 de la Comisión, de 14 de abril de 2026, relativo a los requisitos de interoperabilidad y procedimientos no discriminatorios y transparentes para acceder a los datos necesarios para el cambio de suministrador.

Reglamento 16/04/2026

Actualización de los importes de referencia para el cruce de las fronteras exteriores, de conformidad con lo establecido en el artículo 6, apartado 4, del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen).

Otros 27/04/2026

Acuerdo de Colaboración y Cooperación Reforzadas entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Uzbekistán, por otra.

Acuerdo 30/04/2026

Acuerdo de Asociación entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y el Mercado Común del Sur, la República Argentina, la República Federativa de Brasil, la República del Paraguay y la República Oriental del Uruguay, por otra parte.

Acuerdo Internacional 27/02/2026

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