EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,
Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, modificado por el Protocolo por el que se adapta el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en lo sucesivo denominado «el Acuerdo», y, en particular, su artículo 98,
Considerando lo siguiente:
(1) El anexo II del Acuerdo fue modificado por la Decisión del Comité Mixto del EEE nº 97/2004, de 9 de julio de 2004 (1).
(2) El Reglamento (CE) nº 392/2004 del Consejo, de 24 de febrero de 2004, por el que se modifica el Reglamento (CEE) nº 2092/91 sobre la producción agrícola ecológica y su indicación en los productos agrarios y alimenticios (2), debe incorporarse al Acuerdo.
DECIDE:
Artículo 1
En el punto 54b [Reglamento (CEE) nº 2092/91 del Consejo] del anexo II, capítulo XII, del Acuerdo se añadirá el siguiente guión:
«— 32004 R 0392: Reglamento (CE) nº 392/2004 del Consejo, de 24 de febrero de 2004 (DO L 65 de 3.3.2004, p. 1).».
Artículo 2
Los textos del Reglamento (CE) nº 392/2004 en lenguas islandesa y noruega, anejos a las correspondientes versiones lingüísticas de la presente Decisión, son auténticos.
Artículo 3
La presente Decisión entrará en vigor el 25 de septiembre de 2004, siempre que se hayan transmitido al Comité Mixto del EEE todas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo (*).
_______________________________
(1) DO L 376 de 23.12.2004, p. 19.
(2) DO L 65 de 3.3.2004, p. 1.
(*) No se han indicado preceptos constitucionales.
Artículo 4
La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.
Hecho en Bruselas, el 24 de septiembre de 2004.
Por el Comité Mixto del EEE
El Presidente
Kjartan JÓHANNSSON