EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,
Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, modificado por el Protocolo por el que se adapta el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en lo sucesivo denominado «el Acuerdo» y, en particular, su artículo 98,
Considerando lo siguiente:
(1) El Anexo XIII del Acuerdo fue modificado por la Decisión no 90/2006 del Comité Mixto del EEE de 7 de julio de 2006 (1).
(2) La Directiva 2006/23/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de abril de 2006, relativa a la licencia comunitaria de controlador de tránsito aéreo (2) debe incorporarse al Acuerdo DECIDE:
Artículo 1
Tras el punto 66y (Reglamento (CE) no 2150/2005 de la Comisión) del Anexo XIII del Acuerdo, se añadirá el siguiente punto:
«66z. 32006 L 0023: Directiva 2006/23/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de abril de 2006 , relativa a la licencia comunitaria de controlador de tránsito aéreo (DO L 114 de 27.4.2006, p. 22).» Artículo 2
Los textos de la Directiva 2006/23/CE en lenguas islandesa y noruega, que se publicarán en el Suplemento del EEE del Diario Oficial de la Unión Europea, son auténticos.
Artículo 3
La presente Decisión entrará en vigor el 23 de septiembre de 2006, siempre que se hayan efectuado al Comité Mixto del EEE todas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo (*).
Artículo 4
La presente Decisión se publicará en la Sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.
Hecho en Bruselas, el 22 de septiembre de 2006.
Por el Comité Mixto del EEE,
La Presidenta
Oda Helen SLETNES
_________
(1) DO L 289 de 19.10.2006, p. 29.
(2) DO L 114 de 27.04.06, p. 22.
(*) No se han indicado preceptos constitucionales.