Decisión del Comité Mixto del EEE nº 123/2005, de 30 de septiembre de 2005, por la que se modifican el anexo XV (Ayudas de Estado) y el Protocolo 26 (sobre los poderes y funciones del Órgano de Vigilancia de la AELC en el ámbito de las ayudas otorgadas por los Estados) del Acuerdo EEE.

Vigente Decisión Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2005-82558
Número oficial:
DOUE-L-2005-82558
Publicación:
22/12/2005
Departamento:
Unión Europea

EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,

Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, modificado por el Protocolo por el que se adapta el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en lo sucesivo denominado «el Acuerdo», y, en particular, su artículo 98,

Considerando lo siguiente:

(1) El anexo XV del Acuerdo fue modificado por la Decisión del Comité Mixto del EEE no 131/2004, de 24 de septiembre de 2004 (1).

(2) El Protocolo 26 del Acuerdo fue modificado por el Acuerdo sobre la participación de la República Checa, la República de Estonia, la República de Chipre, la República de Hungría, la República de Letonia, la República de Lituania, la República de Malta, la República de Polonia, la República de Eslovenia y la República Eslovaca en el Espacio Económico Europeo firmado en Luxemburgo el 14 de octubre de 2003 (2).

(3) Debe incorporarse al Acuerdo el Reglamento (CE) no 794/2004 de la Comisión, de 21 de abril de 2004, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) no 659/1999 del Consejo por el que se establecen disposiciones de aplicación del artículo 93 del Tratado CE (3), rectificado en el DO L 25 de 28.1.2005, p. 74, y el DO L 131 de 25.5.2005, p. 45.

(4) Debido a la incorporación del Reglamento (CE) no 794/2004 al Acuerdo, algunos puntos incorporados al anexo XV del mismo resultan obsoletos, y, por consiguiente, deben suprimirse del Acuerdo.

DECIDE:

Artículo 1

El anexo XV del Acuerdo queda modificado tal como se especifica en el anexo I de la presente Decisión.

Artículo 2

El Protocolo 26 del Acuerdo queda modificado tal como se especifica en el anexo II de la presente Decisión.

_________________________________

(1) DO L 64 de 10.3.2005, p. 67.

(2) DO L 130 de 29.4.2004, p. 3.

(3) DO L 140 de 30.4.2004, p. 1.

Artículo 3

Los textos del Reglamento (CE) no 794/2004, rectificado en el DO L 25 de 28.1.2005, p. 74, y el DO L 131 de 25.5.2005, p. 45, en lenguas islandesa y noruega, anejos a las respectivas versiones lingüísticas de la presente Decisión, son auténticos.

Artículo 4

La presente Decisión entrará en vigor el 1 de octubre de 2005, siempre que se hayan efectuado al Comité Mixto del EEE todas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo (*).

Artículo 5

La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 30 de septiembre de 2005.

Por el Comité Mixto del EEE

El Presidente

SAS el Príncipe Nikolaus von LIECHTENSTEIN

_________________________________

(*) No se han indicado preceptos constitucionales.

ANEXO I

El anexo XV del Acuerdo queda modificado como sigue:

Se suprime el texto del punto 2 (C/252/80/p. 2: notificación de las ayudas estatales a la Comisión de acuerdo con el artículo 93, apartado 3, del Tratado CEE), del punto 3 [carta de la Comisión a los Estados miembros SG (81) 12740 de 2 de octubre de 1981], del punto 4 [carta de la Comisión a los Estados miembros SG (89) D/5521 de 27 de abril de 1989], del punto 5 [carta de la Comisión a los Estados miembros SG (87) D/5540 de 30 de abril de 1989], del punto 6 [carta de la Comisión a los Estados miembros SG (90) D/28091 de 11 de octubre de 1990], del punto 7 [carta de la Comisión a los Estados miembros SG (91) D/4577 de 4 de marzo de 1991], del punto 8 (C/40/90/p. 2: notificación de un régimen de ayuda de menor importancia), del punto 10 (C/318/83/p. 3: Comunicación de la Comisión sobre ayudas concedidas ilegalmente) y del punto 34 (C/3/85/p. 2: Comunicación de la Comisión sobre acumulación de ayudas por diferentes motivos).

ANEXO II

El Protocolo 26 del Acuerdo queda modificado como sigue:

1) En el artículo 2, los términos «El acto que se indica a continuación» se sustituyen por «Los actos que se indican a continuación».

2) El Reglamento (CE) no 659/1999 del Consejo pasa a ser el punto 1.

3) Después del punto 1 [Reglamento (CE) no 659/1999 del Consejo] se añade el siguiente punto:

«2. 32004 R 0794: Reglamento (CE) no 794/2004 de la Comisión, de 21 de abril de 2004, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) no 659/1999 del Consejo por el que se establecen disposiciones de aplicación del artículo 93 del Tratado CE (DO L 140 de 30.4.2004, p. 1), rectificado en el DO L 25 de 28.1.2005, p. 74, y el DO L 131 de 25.5.2005, p. 45.».

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Actualización de los importes de referencia para el cruce de las fronteras exteriores, de conformidad con lo establecido en el artículo 6, apartado 4, del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen).

Otros 27/04/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/913 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de ácido adípico originario de la República Popular China.

Reglamento 05/05/2026

Recomendación (UE) 2026/1035 de la Comisión, de 29 de abril de 2026, sobre el establecimiento de un marco común para las tecnologías de verificación de la edad a escala de la UE.

Recomendación 08/05/2026

Reglamento (UE) 2026/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2026, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/1242 en lo que respecta al cálculo de los créditos de emisiones de los vehículos pesados para los períodos de comunicación de los años 2025 a 2029.

Reglamento 07/05/2026

¿Necesitas analizar documentos jurídicos?

Lawly analiza sentencias, contratos y documentos legales con inteligencia artificial en segundos.

Prueba gratis — 3.000 créditos de bienvenida