Decisión del Comité Mixto del EEE nº 12/2012, de 10 de febrero de 2012, por la que se modifica el anexo II (Reglamentaciones técnicas, normas, ensayos y certificación) del Acuerdo EEE.

Vigente Decisión Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2012-81087
Número oficial:
DOUE-L-2012-81087
Publicación:
21/06/2012
Departamento:
Unión Europea

EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,

Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en la redacción dada al mismo por el Protocolo por el que se adapta el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo denominado «el Acuerdo»), y, en particular, su artículo 98,

Considerando lo siguiente:

(1) El anexo II del Acuerdo fue modificado por la Decisión del Comité Mixto del EEE n o 130/2011, de 2 de diciembre de 2011 ( 1 ).

(2) Debe incorporarse al Acuerdo el Reglamento (CE) n o 440/2008 de la Comisión, de 30 de mayo de 2008, por el que se establecen métodos de ensayo de acuerdo con el Reglamento (CE) n o 1907/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo al registro, la evaluación, la autorización y la restricción de las sustancias y preparados químicos (REACH) ( 2 ), rectificado por el DO L 143 de 3.6.2008, p. 55.

(3) Debe incorporarse al Acuerdo el Reglamento (CE) n o 761/2009 de la Comisión, de 23 de julio de 2009, que modifica, con vistas a su adaptación al progreso técnico, el Reglamento (CE) n o 440/2008, por el que se establecen métodos de ensayo de acuerdo con el Reglamento (CE) n o 1907/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo al registro, la evaluación, la autorización y la restricción de las sustancias y preparados químicos (REACH) ( 3 ).

(4) Debe incorporarse al Acuerdo la Decisión 2009/851/CE de la Comisión, de 25 de noviembre de 2009, por la que se crea un cuestionario para los informes de los Estados miembros acerca de la aplicación de la Directiva 2006/66/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa a las pilas y acumuladores y a los residuos de pilas y acumuladores ( 4 ).

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

Después del punto 12zz (Decisión 2010/296/UE de la Comisión) del capítulo XV del anexo II del Acuerdo, se inserta el texto siguiente:

«12zza. 32008 R 0440: Reglamento (CE) n o 440/2008 de la Comisión, de 30 de mayo de 2008, por el que se establecen métodos de ensayo de acuerdo con el Reglamento (CE) n o 1907/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo al registro, la evaluación, la autorización y la restricción de las sustancias y preparados químicos (REACH) (DO L 142 de 31.5.2008, p. 1), rectificado por el DO L 143 de 3.6.2008, modificado por:

— 32009 R 0761: Reglamento (CE) n o 761/2009 de la Comisión, de 23 de julio de 2009 (DO L 220 de 24.8.2009, p. 1).

12zzb. 32009 D 0851: Decisión 2009/851/CE de la Comisión, de 25 de noviembre de 2009, por la que se crea un cuestionario para los informes de los Estados miembros acerca de la aplicación de la Directiva 2006/66/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa a las pilas y acumuladores y a los residuos de pilas y acumuladores (DO L 312 de 27.11.2009, p. 56).».

Artículo 2

Los textos de los Reglamentos (CE) n o 440/2008 y (CE) n o 761/2009 y de la Decisión 2009/851/CE en lenguas islandesa y noruega, que se publicarán en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea, son auténticos.

Artículo 3

La presente Decisión entrará en vigor el 11 de febrero de 2012, siempre que se hayan transmitido al Comité Mixto del EEE (*) todas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo.

Artículo 4

La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 10 de febrero de 2012.

Por el Comité Mixto del EEE

El Presidente en funciones

Gianluca GRIPPA

____________________

( 1 ) DO L 76 de 15.3.2012, p. 14.

( 2 ) DO L 142 de 31.5.2008, p. 1.

( 3 ) DO L 220 de 24.8.2009, p. 1.

( 4 ) DO L 312 de 27.11.2009, p. 56.

(*) No se han indicado preceptos constitucionales.

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

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Reglamento de Ejecución (UE) 2026/855 de la Comisión, de 14 de abril de 2026, relativo a los requisitos de interoperabilidad y procedimientos no discriminatorios y transparentes para acceder a los datos necesarios para el cambio de suministrador.

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Actualización de los importes de referencia para el cruce de las fronteras exteriores, de conformidad con lo establecido en el artículo 6, apartado 4, del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen).

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