EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,
Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en la redacción dada al mismo por el Protocolo por el que se adapta el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo denominado «el Acuerdo»), y, en particular, su artículo 98,
Considerando lo siguiente:
(1) El anexo II del Acuerdo fue modificado por la Decisión del Comité Mixto del EEE n o 51/2011, de 20 de mayo de 2011 ( 1 ).
(2) Debe incorporarse al Acuerdo el Reglamento (UE) n o 137/2011 de la Comisión, de 16 de febrero de 2011, por el que se modifica el Reglamento (CE) n o 2003/2003 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a los abonos, para adaptar al progreso técnico sus anexos I y IV ( 2 ).
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
En el punto 1 [Reglamento (CE) n o 2003/2003 del Parlamento Europeo y del Consejo] del capítulo XIV del anexo II del Acuerdo, se añade el siguiente guion:
«— 32011 R 0137: Reglamento (UE) n o 137/2011 de la Comisión, de 16 de febrero de 2011 (DO L 43 de 17.2.2011, p. 1).».
Artículo 2
Los textos del Reglamento (UE) n o 137/2011 en lenguas islandesa y noruega, que se publicarán en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea, son auténticos.
Artículo 3
La presente Decisión entrará en vigor el 11 de febrero de 2012, siempre que se hayan transmitido al Comité Mixto del EEE (*) todas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo.
Artículo 4
La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.
Hecho en Bruselas, el 10 de febrero de 2012.
Por el Comité Mixto del EEE
El Presidente en funciones
Gianluca GRIPPA
___________________
( 1 ) DO L 196 de 28.7.2011, p. 32.
( 2 ) DO L 43 de 17.2.2011, p. 1.
(*) No se han indicado preceptos constitucionales.