EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,
Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, adaptado por el Protocolo por el que se adapta el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en lo sucesivo denominado "el Acuerdo", y, en particular, su artículo 98,
Considerando lo siguiente:
(1) El anexo II del Acuerdo fue modificado por la Decisión del Comité Mixto del EEE n° 74/2003 de 20 de junio de 2003 (1).
(2) Debe incorporarse al Acuerdo el Reglamento (CE) n° 494/2003 de la Comisión, de 18 de marzo de 2003, por el que se modifica el Reglamento (CE) n° 297/95 del Consejo relativo a las tasas que deben pagarse a la Agencia Europea para la Evaluación de Medicamentos (2).
DECIDE:
Artículo 1
En el punto 15h [Reglamento (CE) n° 297/95 del Consejo] del capítulo XIII del anexo II del Acuerdo se añadirá el siguiente guión:
"- 32003 R 0494: Reglamento (CE) n° 494/2003 de la Comisión, de 18 de marzo de 2003 (DO L 73 de 19.3.2003, p. 6).".
Artículo 2
Los textos del Reglamento (CE) n° 494/2003 en lenguas islandesa y noruega, anejos a las respectivas versiones lingüísticas de la presente Decisión, son auténticos.
Artículo 3
La presente Decisión entrará en vigor el 27 de septiembre de 2003, siempre que se hayan transmitido al Comité Mixto del EEE todas las notificaciones previstas en el apartado 1 del artículo 103 del Acuerdo (3).
Artículo 4
La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.
Hecho en Bruselas, el 26 de septiembre de 2003.
Por el Comité Mixto del EEE
El Presidente
H. S. H. Prinz Nikolaus von Liechtenstein
______
(1) DO L 257 de 9.10.2003, p. 22.
(2) DO L 73 de 19.3.2003, p. 6.
(3) No se han indicado preceptos constitucionales.