EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,
Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, adaptado por el Protocolo por el que se adapta el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en lo sucesivo denominado «el Acuerdo», y, en particular, su artículo 98,
Considerando lo siguiente:
(1) El anexo XII del Acuerdo fue modificado por la Decisión del Comité Mixto del EEE no 154/2003, de 7 de noviembre de 2003 (1).
(2) Debe incorporarse al Acuerdo la Directiva 2002/47/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 6 de junio de 2002, sobre acuerdos de garantía financiera (2).
DECIDE:
Artículo 1
Después del punto 3 [Reglamento (CE) no 2560/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo] del anexo XII del Acuerdo se añadirá el punto siguiente:
«4. 32002 L 0047: La Directiva 2002/47/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 6 de junio de 2002, sobre acuerdos de garantía financiera (DO L 168 de 27.6. 2002, p. 43).».
Artículo 2
Los textos de la Directiva 2002/47/CE en lenguas islandesa y noruega, anejos a las respectivas versiones lingüísticas de la presente Decisión, son auténticos.
Artículo 3
La presente Decisión entrará en vigor el 10 de julio de 2004, siempre que se hayan transmitido al Comité Mixto del EEE todas las notificaciones previstas en el apartado 1 del artículo 103 del Acuerdo (*).
___________________
(1) DO L 41 de 12.2.2004, p. 47.
(2) DO L 168 de 27.6.2002, p. 43.
(*) Se han indicado preceptos constitucionales.
Artículo 4
La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.
Hecho en Bruselas, el 9 de julio de 2004.
Por el Comité Mixto del EEE
El Presidente
Kjartan JÓHANNSSON