EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,
Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en lo sucesivo denominado «el Acuerdo EEE», y, en particular, su artículo 98,
Considerando lo siguiente:
(1)
Debe incorporarse al Acuerdo EEE el Reglamento (UE) no 1042/2012 de la Comisión, de 7 de noviembre de 2012, por el que se modifica el Reglamento (UE) no 1031/2010 para registrar una plataforma de subastas que va a designar el Reino Unido (1).
(2)
Debe incorporarse al Acuerdo EEE el Reglamento (UE) no 1143/2013 de la Comisión, de 13 de noviembre de 2013, que modifica el Reglamento (UE) no 1031/2010, sobre el calendario, la gestión y otros aspectos de las subastas de los derechos de emisión de gases de efecto invernadero con arreglo a la Directiva 2003/87/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, por la que se establece un régimen para el comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero en la Comunidad, en particular para registrar una plataforma de subastas designada por Alemania (2).
(3)
Procede, por tanto, modificar en consecuencia el anexo XX del Acuerdo EEE.
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
En el punto 21a1a [Reglamento (UE) no 1031/2010 de la Comisión] del anexo XX del Acuerdo EEE se añaden los siguientes guiones:
«—
32012 R 1042: Reglamento (UE) no 1042/2012 de la Comisión, de 7 de noviembre de 2012 (DO L 310 de 9.11.2012, p. 19).
—
32013 R 1143: Reglamento (UE) no 1143/2013 de la Comisión, de 13 de noviembre de 2013 (DO L 303 de 14.11.2013, p. 10).»
Artículo 2
Los textos de los Reglamentos (UE) no 1042/2012 y (UE) no 1143/2013 en lenguas islandesa y noruega, que se publicarán en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea, son auténticos.
Artículo 3
La presente Decisión entrará en vigor el 17 de mayo de 2014, siempre que se hayan transmitido todas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE (3).
Artículo 4
La presente Decisión se publicará en la Sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.
Hecho en Bruselas, el 16 de mayo de 2014.
Por el Comité Mixto del EEE
El Presidente
Gianluca GRIPPA
___________
(1) DO L 310 de 9.11.2012, p. 19.
(2) DO L 303 de 14.11.2013, p. 10.
(3) No se han indicado preceptos constitucionales.