Decisión del Banco Central Europeo, de 9 de julio de 2014, por la que se deroga la Decisión BCE/2013/22 sobre medidas temporales relativas a la admisibilidad de los instrumentos de renta fija negociables emitidos o plenamente garantizados por la República de Chipre y la Decisión BCE/2013/36 sobre medidas temporales adicionales relativas a las operaciones de financiación del Eurosistema y la admisibilidad de los activos de garantía (BCE/2014/32).

Vigente Decisión Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2014-81775
Número oficial:
DOUE-L-2014-81775
Publicación:
13/08/2014
Departamento:
Unión Europea

EL CONSEJO DE GOBIERNO DEL BANCO CENTRAL EUROPEO,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y, en particular, el artículo 127, apartado 2, primer guion,

Vistos los Estatutos del Sistema Europeo de Bancos Centrales y del Banco Central Europeo, en particular el artículo 3.1, primer guion, el artículo 12.1, el artículo 18 y el artículo 34.1, segundo guion,

Vista la Orientación BCE/2011/14, de 20 de septiembre de 2011, sobre los instrumentos y procedimientos de la política monetaria del Eurosistema (1), en particular la sección 1.6 y las secciones 6.3.1 y 6.3.2 del anexo I,

CONSIDERANDO LO SIGUIENTE:

(1) El contenido de las Decisiones BCE/2013/22 (2) y BCE/2013/36 (3) debe incluirse en la Orientación BCE/2013/4 (4), el acto jurídico principal por el que se rigen las medidas temporales relativas a las operaciones de financiación del Eurosistema y la admisibilidad de los activos de garantía.

(2) En beneficio de la claridad y la congruencia, y al objeto de simplificar el sistema de activos de garantía del Eurosistema, se llevan a cabo las medidas citadas mediante una refundición de la Orientación BCE/2013/4.

(3) Por consiguiente, deben derogarse las Decisiones BCE/2013/22 y BCE/2013/36.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

Derogación de las Decisiones BCE/2013/22 y BCE/2013/36 1. Quedan derogadas las Decisiones BCE/2013/22 y BCE/2013/36 con efectos a partir del 20 de agosto de 2014.

2. Las referencias a las Decisiones derogadas se entenderán hechas a la Orientación BCE/2014/31.

Artículo 2

Entrada en vigor

La presente Decisión entrará en vigor el 9 de julio de 2014.

Hecho en Fráncfort del Meno, el 9 de julio de 2014.

El Presidente del BCE

Mario DRAGHI

_______________________________

(1) DO L 331 de 14.12.2011, p. 1.

(2) Decisión BCE/2013/22, de 5 de julio de 2013, sobre medidas temporales relativas a la admisibilidad de los instrumentos de renta fija negociables emitidos o plenamente garantizados por la República de Chipre (DO L 195 de 18.7.2013, p. 27).

(3) Decisión BCE/2013/36, de 26 de septiembre de 2013, sobre medidas temporales adicionales relativas a las operaciones de financiación del Eurosistema y la admisibilidad de los activos de garantía (DO L 301 de 12.11.2013, p. 13).

(4) Orientación BCE/2013/4, de 20 de marzo de 2013, sobre medidas temporales adicionales relativas a las operaciones de financiación del Eurosistema y la admisibilidad de los activos de garantía y por la que se modifica la Orientación BCE/2007/9 (DO L 95 de 5.4.2013, p. 23).

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Actualización de los importes de referencia para el cruce de las fronteras exteriores, de conformidad con lo establecido en el artículo 6, apartado 4, del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen).

Otros 27/04/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/913 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de ácido adípico originario de la República Popular China.

Reglamento 05/05/2026

Recomendación (UE) 2026/1035 de la Comisión, de 29 de abril de 2026, sobre el establecimiento de un marco común para las tecnologías de verificación de la edad a escala de la UE.

Recomendación 08/05/2026

Reglamento (UE) 2026/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2026, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/1242 en lo que respecta al cálculo de los créditos de emisiones de los vehículos pesados para los períodos de comunicación de los años 2025 a 2029.

Reglamento 07/05/2026

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