Decisión del Banco Central Europeo, de 27 de febrero de 2012, por la que se deroga la Decisión BCE/2010/3, sobre medidas temporales relativas a la admisibilidad de los instrumentos de renta fija negociables emitidos o garantizados por el Estado griego (BCE/2012/2).

Vigente Decisión Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2012-80302
Número oficial:
DOUE-L-2012-80302
Publicación:
01/03/2012
Departamento:
Unión Europea

EL CONSEJO DE GOBIERNO DEL BANCO CENTRAL EUROPEO, (BCE/2012/2)

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y, en particular, el artículo 127, apartado 2, primer guión,

Vistos los Estatutos del Sistema Europeo de Bancos Centrales y del Banco Central Europeo (en adelante, «los Estatutos del SEBC») y, en particular, el artículo 12.1 y el segundo guión del artículo 34.1, en relación con el artículo 3.1, primer guión, y el artículo 18.2,

Considerando lo siguiente:

(1) Conforme al artículo 18.1 de los Estatutos del SEBC, el Banco Central Europeo (BCE) y los bancos centrales nacionales de los Estados miembros cuya moneda es el euro pueden realizar operaciones de crédito con entidades de crédito y demás participantes en el mercado basando los préstamos en garantías adecuadas. Los criterios que determinan la admisibilidad de los activos de garantía a efectos de las operaciones de política monetaria del Eurosistema se establecen en el anexo I de la Orientación BCE/2011/14, de 20 de septiembre de 2011, sobre los instrumentos y procedimientos de la política monetaria del Eurosistema ( 1 ) (en adelante, «la Documentación General»).

(2) Conforme a la sección 1.6 de la Documentación General, el Consejo de Gobierno del BCE puede, en cualquier momento, modificar los instrumentos, condiciones, criterios y procedimientos de ejecución de las operaciones de política monetaria del Eurosistema. Según la sección 6.3.1 de la Documentación General, el Eurosistema se reserva el derecho a determinar, en función de cualquier información que pueda considerar relevante, si una emisión, un emisor, un deudor o un avalista cumple los requisitos de elevada calidad crediticia.

(3) La Decisión BCE/2010/3, de 6 de mayo de 2010, sobre medidas temporales relativas a la admisibilidad de los instrumentos de renta fija negociables emitidos o garantizados por el Estado griego ( 2 ), suspendió temporalmente, como medida excepcional, los requisitos mínimos del Eurosistema para los umbrales de calidad crediticia aplicables a los instrumentos de renta fija negociables emitidos por el Estado griego o emitidos por entidades establecidas en Grecia y plenamente garantizados por el Estado griego.

(4) La República Helénica ha decidido lanzar una oferta de canje de deuda, en el contexto de la participación del sector privado, a los titulares de instrumentos de renta fija negociables emitidos por el Estado griego.

(5) La adecuación de los instrumentos de deuda fija emitidos por el Estado griego, o emitidos por entidades establecidas en Grecia y plenamente garantizados por el Estado griego, como garantía para operaciones del Eurosistema se ha visto aún más afectada negativamente por dicha decisión de la República Helénica.

(6) Queda derogada la Decisión BCE/2010/3.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

Derogación de la Decisión BCE/2010/3

Queda derogada la Decisión BCE/2010/3.

Artículo 2

Entada en vigor

La presente Decisión entrará en vigor el 28 de febrero de 2012.

Hecho en Fráncfort del Meno, el 27 de febrero de 2012.

El Presidente del BCE

Mario DRAGHI

____________________

( 1 ) DO L 331 de 14.12.2011, p. 1.

( 2 ) DO L 117 de 11.5.2010, p. 102.

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Actualización de los importes de referencia para el cruce de las fronteras exteriores, de conformidad con lo establecido en el artículo 6, apartado 4, del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen).

Otros 27/04/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/913 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de ácido adípico originario de la República Popular China.

Reglamento 05/05/2026

Recomendación (UE) 2026/1035 de la Comisión, de 29 de abril de 2026, sobre el establecimiento de un marco común para las tecnologías de verificación de la edad a escala de la UE.

Recomendación 08/05/2026

Reglamento (UE) 2026/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2026, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/1242 en lo que respecta al cálculo de los créditos de emisiones de los vehículos pesados para los períodos de comunicación de los años 2025 a 2029.

Reglamento 07/05/2026

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