Decisión del Banco Central Europeo, de 23 de octubre de 2003, por la que se modifica la Decisión BCE/2002/12, de 19 de diciembre de 2002, sobre la aprobación del volumen de emisión de moneda metálica en 2003 (BCE/2003/13).

Vigente Decisión Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2003-81784
Número oficial:
DOUE-L-2003-81784
Publicación:
31/10/2003
Departamento:
Unión Europea

EL CONSEJO DE GOBIERNO DEL BANCO CENTRAL EUROPEO,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, y, en particular, el apartado 2 de su artículo 106,

Considerando lo siguiente:

(1) El Banco Central Europeo (BCE) tiene desde el 1 de enero de 1999 el derecho exclusivo de aprobar el volumen de moneda metálica que pueden emitir los Estados miembros que han adoptado el euro (en adelante, los "Estados miembros participantes").

(2) De acuerdo con las previsiones que sobre la evolución de la demanda de monedas en euros en 2003 le enviaron los Estados miembros participantes, el BCE aprobó, por la Decisión BCE/2002/12, de 19 de diciembre de 2002, sobre la aprobación del volumen de emisión de moneda metálica en 2003 (1), el volumen total de monedas en euros destinadas a la circulación y de monedas de colección en euros no destinadas a la circulación en 2003.

(3) En algunos Estados miembros participantes, las previsiones en las que se basó la Decisión BCE/2002/12 resultaron insuficientes debido a la inestabilidad de la demanda de monedas en euros después del cambio de moneda en 2002 y a circunstancias económicas imprevistas. Consecuentemente, esos Estados miembros precisan ahora la aprobación del BCE para aumentar el volumen de emisión de monedas en euros en 2003.

(4) El 3 de septiembre de 2003 el Ministerio de Economía, Hacienda e Industria de Francia solicitó la aprobación del BCE para aumentar en 600 millones de euros el volumen de emisión por Francia de monedas en euros destinadas a la circulación en 2003.

(5) El 11 de septiembre de 2003 el Central Bank and Financial Services Authority of Ireland, como representante autorizado del Ministerio de Hacienda de Irlanda, solicitó la aprobación del BCE para aumentar en 40 millones de euros el volumen de emisión por Irlanda de monedas en euros destinadas a la circulación en 2003.

(6) El 23 de septiembre de 2003 el Ministerio de Economía y Finanzas de Italia solicitó la aprobación del BCE para aumentar en 40 millones de euros el volumen de emisión por Italia de monedas en euros destinadas a la circulación en 2003.

(7) El 17 de septiembre de 2003 el Oesterreichische Nationalbank solicitó la aprobación del BCE para aumentar en 40 millones de euros el volumen de emisión por Austria de monedas en euros destinadas a la circulación en 2003.

(8) El BCE aprueba las solicitudes arriba mencionadas en cuanto al aumento del volumen de monedas en euros destinadas a la circulación que Francia, Irlanda, Italia y Austria pueden emitir en 2003. Como resultado de ello, el cuadro previsto en el artículo 1 de la Decisión BCE/2002/12 debe sustituirse.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

La Decisión BCE/2002/12 se modificará como sigue:

El cuadro del artículo 1 se sustituirá por el siguiente:

TABLA OMITIDA EN PÁGINA 87

Artículo 2

La presente Decisión se dirige a los Estados miembros participantes.

La presente Decisión se publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Fráncfort del Meno, el 23 de octubre de 2003.

El Presidente del BCE

Willem F. Duisenberg

______________

(1) DO L 358 de 31.12.2002, p. 144.

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/855 de la Comisión, de 14 de abril de 2026, relativo a los requisitos de interoperabilidad y procedimientos no discriminatorios y transparentes para acceder a los datos necesarios para el cambio de suministrador.

Reglamento 16/04/2026

Actualización de los importes de referencia para el cruce de las fronteras exteriores, de conformidad con lo establecido en el artículo 6, apartado 4, del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen).

Otros 27/04/2026

Acuerdo de Colaboración y Cooperación Reforzadas entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Uzbekistán, por otra.

Acuerdo 30/04/2026

Acuerdo de Asociación entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y el Mercado Común del Sur, la República Argentina, la República Federativa de Brasil, la República del Paraguay y la República Oriental del Uruguay, por otra parte.

Acuerdo Internacional 27/02/2026

¿Necesitas analizar documentos jurídicos?

Lawly analiza sentencias, contratos y documentos legales con inteligencia artificial en segundos.

Prueba gratis — 7 días por 7 €