LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,
Vista la Decisión 96/411/CE del Consejo, de 25 de junio de 1996, relativa a la mejora de las estadísticas agrícolas comunitarias (1), y, en particular, su artículo 4, apartado 1, y su artículo 6, apartado 2,
Considerando lo siguiente:
(1) En virtud de la Decisión 96/411/CE, la Comisión define cada año un plan de acción técnica para las estadísticas agrícolas.
(2) En virtud de la Decisión 96/411/CE, la Comisión contribuye a sufragar los gastos que realicen los Estados miembros para adaptar los sistemas estadísticos agrícolas nacionales para llevar a cabo los trabajos preparatorios relacionados con necesidades nuevas o en aumento que formen parte de un plan de acción técnica.
(3) Es fundamental mejorar la información sobre la estructura de las explotaciones agrarias para la aplicación de las correspondientes políticas comunitarias.
(4) Es necesario consolidar el sistema de estadísticas agrícolas y continuar el trabajo respaldado por los planes de acción anteriores. En esta ocasión, el campo principal del plan de acción anual son los registros de estadísticas agrícolas, que constituyen un requisito previo para toda encuesta agrícola y una auténtica dificultad en la mayor parte de los Estados miembros.
(5) Las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité permanente de estadística agrícola.
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
Se aprueba el plan de acción técnica 2005 para la mejora de las estadísticas agrícolas (TAPAS 2005), como se establece en el anexo.
Artículo 2
Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros.
Hecho en Bruselas, el 9 de marzo de 2005.
Por la Comisión
Joaquín ALMUNIA
Miembro de la Comisión
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(1) DO L 162 de 1.7.1996, p. 14. Decisión cuya última modificación la constituye la Decisión nº 787/2004/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 138 de 30.4.2004, p. 12).
ANEXO
PLAN DE ACCIÓN TÉCNICA 2005 PARA LA MEJORA DE LAS ESTADÍSTICAS AGRÍCOLAS (TAPAS 2005)
Las medidas contempladas en el plan de acción técnica 2005 para la mejora de las estadísticas agrícolas están destinadas a desarrollar o mejorar las estadísticas en los campos siguientes:
a) registros de estadísticas agrícolas;
b) encuestas sobre pequeñas explotaciones (encuestas sobre unidades pequeñas).
La Comisión realizará una contribución financiera para proyectos desarrollados como parte de esas medidas sin superar los importes que aparecen en el cuadro A para cada Estado miembro.
Las medidas propuestas por los Estados miembros hacen referencia a lo siguiente:
1) Registros de estadísticas agrícolas
Disponer de un registro actualizado de las explotaciones agrarias es el punto de partida para un sistema coherente e integrado de estadísticas agrícolas y también, si se coordina con los registros nacionales de empresas, puede servir para contribuir a la integración de la información agrícola con la de otros sectores.
Un registro válido proporciona un marco básico para el muestreo. Si es exhaustivo y recoge la información adecuada, puede permitir un diseño muestral eficaz que incluya, por ejemplo, estratificación por tamaño, tipo de actividad y situación. Incluso podría resolver la cuestión de la rentabilidad de los censos agrarios completos. Los registros proporcionan asimismo información de utilidad sobre la demografía de las explotaciones agrarias.
Un registro armonizado también podría abrir la puerta a muestreos y encuestas de ámbito comunitario que faciliten estimaciones fiables en la Unión Europea y reduzcan sensiblemente la carga para los encuestados.
2) Encuestas sobre unidades pequeñas
«Las unidades pequeñas» son importantes, en términos cuantitativos y por su participación en la producción agraria, especialmente en los nuevos Estados miembros. En algunos de esos países, las unidades pequeñas no siempre están adecuadamente cubiertas en las encuestas agrícolas, lo cual puede llevar, por tanto, a la exclusión de una gran parte de unidades dedicadas a la producción de bienes agrarios.
En el marco del plan de acción TAPAS 2005 relativo a unidades pequeñas, Eurostat está a la espera de contribuciones referentes, entre otras cosas, a las siguientes preguntas:
¿Cómo deben definirse las unidades pequeñas? ¿Cuál debería ser el umbral mínimo para la inclusión de dichas unidades en los registros de estadísticas agrícolas? ¿En qué medida deberían cubrirse las unidades pequeñas incluidas en esos registros (en términos de frecuencia, características, etc.)?
Cuadro A
PLAN DE ACCIÓN TÉCNICA 2005
EU-25
Máxima contribución financiera de la Comunidad a los gastos
TABLA OMITIDA EN PÁGINA 33