Decisión de la Comisión, de 9 de julio de 2004, por la que se modifican el anexo E de la Directiva 91/68/CEE del Consejo y el anexo I de la Decisión 79/542/CEE del Consejo en lo relativo a la actualización de los modelos de certificados sanitarios de animales de las especies ovina y caprina.

Vigente Decisión Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2004-81881
Número oficial:
DOUE-L-2004-81881
Publicación:
22/07/2004
Departamento:
Unión Europea

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Vista la Directiva 72/462/CEE del Consejo, de 12 de diciembre de 1972, relativa a problemas sanitarios y de policía sanitaria en las importaciones de animales de las especies bovina, porcina, ovina y caprina y de carne fresca o de productos a base de carne, procedentes de países terceros (1), y, en particular, el apartado 2 de su artículo 11,

Vista la Directiva 91/68/CEE del Consejo, de 28 de enero de 1991, relativa a las normas de policía sanitaria que regulan los intercambios intracomunitarios de animales de las especies ovina y caprina (2), y, en particular, el apartado 2 de su artículo 14,

Considerando lo siguiente:

(1) El modelo de certificado veterinario para el comercio intracomunitario con fines reproductores de animales de las especies ovina y caprina es el establecido como modelo III en el anexo E de la Directiva 91/68/CEE.

(2) El modelo de certificado veterinario para importaciones desde terceros países de animales domésticos de las especies ovina y caprina es el establecido como «OVI-X» en la parte 2 del anexo I de la Decisión 79/542/CEE del Consejo, de 21 de diciembre de 1976, por la que se confecciona una lista de terceros países o partes de terceros países, y se establecen las condiciones de certificación veterinaria, sanitaria y zoosanitaria, para la importación a la Comunidad de determinados animales vivos y de su carne fresca (3).

(3) De conformidad con la parte I del capítulo A del anexo VIII y con el capítulo E del anexo IX del Reglamento (CE) no 999/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de mayo de 2001, por el que se establecen disposiciones para la prevención, el control y la erradicación de determinadas encefalopatías espongiformes transmisibles (4), se han modificado algunas de las condiciones de comercio e importación de animales reproductores de las especies ovina y caprina, para establecer un enfoque más enérgico de erradicación de la tembladera.

______________

(1) DO L 302 de 31.12.1972, p. 28; Directiva cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) no 807/2003 (DO L 122 de 16.5.2003, p. 36).

(2) DO L 46 de 19.2.1991, p. 19; Directiva cuya última modificación la constituye la Directiva 2003/50/CE del Consejo (DO L 169 de 8.7.2003, p. 51).

(3) DO L 146 de 14.6.1979, p. 15; Decisión cuya última modificación la constituye la Decisión 2004/372/CE de la Comisión (DO L 118 de 23.4.2004, p. 45).

(4) DO L 147 de 31.5.2001, p. 1; Reglamento cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) no 876/2004 (DO L 162 de 30.4.2004, p. 52).

(4) Es preciso adecuar el modelo III de certificado zoosanitario del anexo E de la Directiva 91/68/CEE y el modelo OVI-X del anexo I de la Decisión 79/542/CEE a las normas actualizadas.

(5) La Directiva 91/68/CEE y la Decisión 79/542/CEE deben modificarse en consecuencia.

(6) Las medidas contempladas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité permanente de la cadena alimentaria y de sanidad animal.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

El modelo III del anexo E de la Directiva 91/68/CEE quedará sustituido por el texto del anexo I de la presente Decisión.

Artículo 2

El modelo OVI-X de la parte 2 del anexo I de la Decisión 79/542/CEE quedará sustituido por el texto del anexo II de la presente Decisión.

Artículo 3

La presente Decisión será aplicable a partir del 1 de junio de 2004.

Artículo 4

Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros.

Hecho en Bruselas, 9 de julio de 2004.

Por la Comisión

David BYRNE

Miembro de la Comisión

ANEXO I

MODELO III

TABLA OMITIDA EN PÁGINAS 3 A 6

ANEXO II

MODELO OVI-X

TABLA OMITIDA EN PÁGINAS 7 A 11

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/855 de la Comisión, de 14 de abril de 2026, relativo a los requisitos de interoperabilidad y procedimientos no discriminatorios y transparentes para acceder a los datos necesarios para el cambio de suministrador.

Reglamento 16/04/2026

Actualización de los importes de referencia para el cruce de las fronteras exteriores, de conformidad con lo establecido en el artículo 6, apartado 4, del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen).

Otros 27/04/2026

Acuerdo de Colaboración y Cooperación Reforzadas entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Uzbekistán, por otra.

Acuerdo 30/04/2026

Acuerdo de Asociación entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y el Mercado Común del Sur, la República Argentina, la República Federativa de Brasil, la República del Paraguay y la República Oriental del Uruguay, por otra parte.

Acuerdo Internacional 27/02/2026

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