Decisión de la Comisión, de 7 de abril de 2010, por la que se modifica la Decisión 2008/855/CE en lo referente a las medidas de control de sanidad veterinaria relativas a la peste porcina clásica en Alemania [notificada con el número C(2010) 2061].

Vigente Decisión Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2010-80624
Número oficial:
DOUE-L-2010-80624
Publicación:
09/04/2010
Departamento:
Unión Europea

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Vista la Directiva 89/662/CEE del Consejo, de 11 de diciembre de 1989, relativa a los controles veterinarios aplicables en los intercambios intracomunitarios con vistas a la realización del mercado interior ( 1 ), y, en particular, su artículo 9, apartado 4,

Vista la Directiva 90/425/CEE del Consejo, de 26 de junio de 1990, relativa a los controles veterinarios y zootécnicos aplicables en los intercambios intracomunitarios de determinados animales vivos y productos con vistas a la realización del mercado interior ( 2 ), y, en particular, su artículo 10, apartado 4,

Considerando lo siguiente:

(1) La Decisión 2008/855/CE de la Comisión, de 3 de noviembre de 2008, sobre las medidas de control de sanidad veterinaria relativas a la peste porcina clásica en determinados Estados miembros ( 3 ), establece determinadas medidas de control de la fiebre porcina clásica en los Estados miembros o regiones de los mismos enumerados en el anexo de la citada Decisión.

(2) Alemania ha informado a la Comisión sobre los desarrollos recientes con respecto a dicha enfermedad en los jabalíes de algunas zonas de los Estados federados de Renania del Norte-Westfalia y Renania-Palatinado.

(3) Esa información indica que la peste porcina clásica ha sido erradicada en los jabalíes de algunas zonas de los Estados federados mencionados. Por consiguiente, las zonas en que ha mejorado la situación deberían suprimirse de la lista del anexo de la Decisión 2008/855/CE y las medidas previstas en la citada Decisión deberían dejar de aplicarse en esas zonas.

(4) En aras de la transparencia de la legislación de la Unión, conviene sustituir la parte de la lista que figura en el anexo de la Decisión 2008/855/CE que hace referencia a Alemania por el texto del anexo de la presente Decisión.

(5) Procede, por tanto, modificar la Decisión 2008/855/CE en consecuencia.

(6) Las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité permanente de la cadena alimentaria y de sanidad animal.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

En el anexo de la Decisión 2008/855/CE, el punto 1 de la parte I se sustituye por el texto que figura en el anexo de la presente Decisión.

Artículo 2

Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros.

Hecho en Bruselas, el 7 de abril de 2010.

Por la Comisión

John DALLI

Miembro de la Comisión

______________

( 1 ) DO L 395 de 30.12.1989, p. 13.

( 2 ) DO L 224 de 18.8.1990, p. 29.

( 3 ) DO L 302 de 13.11.2008, p. 19.

ANEXO

«1. Alemania

A. En el Estado federado de Renania-Palatinado:

a) Las circunscripciones de Altenkirchen y Neuwied.

b) En el Kreis de Westerwald: los municipios de Bad Marienberg, Hachenburg, Ransbach-Baumbach, Rennerod, Selters, Wallmerod y Westerburg; el municipio de Höhr-Grenzhausen al norte de la autopista A48; el municipio de Montabaur al norte de la autopista A3; y el municipio de Wirges al norte de las autopistas A48 y A3.

c) En el Landkreis de Südwestpfalz: los municipios de Thaleischweiler-Fröschen, Waldfischbach-Burgalben, Rodalben y Wallhalben. En el Kreis de Kaiserslautern: los municipios de Bruchmühlbach-Miesau al sur de la autopista A6, Kaiserslautern-Süd y Landstuhl.

d) La ciudad de Kaiserslautern al sur de la autopista A6.

B. En el Estado federado de Renania del Norte-Westfalia:

a) En el Kreis de Rhein-Sieg: las ciudades de Bad Honnef, Königswinter, Hennef (Sieg), Sankt Augustin, Niederkassel, Troisdorf, Siegburg y Lohmar; y los municipios de Neunkirchen-Seelscheid, Eitorf, Ruppichteroth, Windeck y Much.

b) En el Kreis de Siegen-Wittgenstein: en el municipio de Kreuztal, las localidades de Krombach, Eichen, Fellinghausen, Osthelden, Junkernhees y Mittelhees; en la ciudad de Siegen, las localidades de Sohlbach, Dillnhütten, Geisweid, Birlenbach, Trupbach, Seelbach, Achenbach, Lindenberg, Rosterberg, Rödgen, Obersdorf, Eisern y Eiserfeld; los municipios de Freudenberg, Neunkirchen y Burbach; en el municipio de Wilnsdorf, las localidades de Rinsdorf y Wilden.

c) En el Kreis de Olpe, en la ciudad de Drolshagen, las localidades de Drolshagen, Lüdespert, Schlade, Hützemert, Feldmannshof, Gipperich, Benolpe, Wormberg, Gelsingen, Husten, Halbhusten, Iseringhausen, Brachtpe, Berlinghausen, Eichen, Heiderhof, Forth y Buchhagen; en la ciudad de Olpe, las localidades de Olpe, Rhode, Saßmicke, Dahl, Friedrichsthal, Thieringhausen, Günsen, Altenkleusheim, Rhonard, Stachelau, Lütringhausen y Rüblinghausen; el municipio de Wenden.

d) En el Kreis de Märkische, las ciudades de Halver, Kierspe y Meinerzhagen.

e) En la ciudad de Remscheid, las localidades de Halle, Lusebusch, Hackenberg, Dörper Höhe, Niederlangenbach, Durchsholz, Nagelsberg, Kleebach, Niederfeldbach, Endringhausen, Lennep, Westerholt, Grenzwall, Birgden, Schneppendahl, Oberfeldbach, Hasenberg, Lüdorf, Engelsburg, Forsten, Oberlangenbach, Niederlangenbach, Karlsruhe, Sonnenschein, Buchholzen, Bornefeld y Bergisch Born.

f) En las ciudades de Colonia y Bonn, los municipios de la orilla derecha del Rin.

g) La ciudad de Leverkusen.

h) El Kreis de Rheinisch-Bergische.

i) El Kreis de Oberbergische.».

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/855 de la Comisión, de 14 de abril de 2026, relativo a los requisitos de interoperabilidad y procedimientos no discriminatorios y transparentes para acceder a los datos necesarios para el cambio de suministrador.

Reglamento 16/04/2026

Actualización de los importes de referencia para el cruce de las fronteras exteriores, de conformidad con lo establecido en el artículo 6, apartado 4, del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen).

Otros 27/04/2026

Acuerdo de Colaboración y Cooperación Reforzadas entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Uzbekistán, por otra.

Acuerdo 30/04/2026

Acuerdo de Asociación entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y el Mercado Común del Sur, la República Argentina, la República Federativa de Brasil, la República del Paraguay y la República Oriental del Uruguay, por otra parte.

Acuerdo Internacional 27/02/2026

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