Decisión de la Comisión, de 4 de diciembre de 2007, que modifica la Decisión 2002/840/CE, por la que se adopta la lista de instalaciones de terceros países autorizadas para la irradiación de alimentos [notificada con el número C(2007) 5823].

Vigente Decisión Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2007-82252
Número oficial:
DOUE-L-2007-82252
Publicación:
08/12/2007
Departamento:
Unión Europea

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Vista la Directiva 1999/2/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de febrero de 1999, relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros sobre alimentos e ingredientes alimentarios tratados con radiaciones ionizantes (1), y, en particular, su artículo 9, apartado 2,

Considerando lo siguiente:

(1) Con arreglo a la Directiva 1999/2/CE, los productos alimenticios tratados con radiaciones ionizantes únicamente podrán importarse desde terceros países si han sido tratados en una instalación de irradiación autorizada por la Comunidad.

(2) Una lista de las instalaciones autorizadas ha sido establecida mediante la Decisión 2002/840/CE de la Comisión (2).

(3) La Comisión ha recibido una solicitud de autorización de dos instalaciones de irradiación en Tailandia a través de las autoridades competentes de este país. Los expertos de la Comisión inspeccionaron las instalaciones de irradiación con objeto de comprobar si cumplían las disposiciones de la Directiva 1999/2/CE y, en especial, si un control oficial garantizaba que cumplían las disposiciones del artículo 7 de dicha Directiva.

(4) Las instalaciones de Tailandia cumplían la mayoría de las disposiciones de la Directiva 1999/2/CE. Las autoridades competentes tailandesas han abordado adecuadamente las deficiencias señaladas por la Comisión.

(5) Por lo tanto, procede modificar la Decisión 2002/840/CE en consecuencia.

(6) Las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité permanente de la cadena alimentaria y de sanidad animal.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

El anexo de la Decisión 2002/840/CE queda modificado con arreglo a lo dispuesto en el anexo de la presente Decisión.

Artículo 2

Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros.

Hecho en Bruselas, el 4 de diciembre de 2007.

Por la Comisión

Markos KYPRIANOU

Miembro de la Comisión

___________

(1) DO L 66 de 13.3.1999, p. 16. Directiva modificada por el Reglamento (CE) no 1882/2003 (DO L 284 de 31.10.2003, p. 1).

(2) DO L 287 de 25.10.2002, p. 40. Decisión modificada por la Decisión 2004/691/CE (DO L 314 de 13.10.2004, p. 14).

ANEXO

Las siguientes instalaciones se añadirán a la lista del anexo de la Decisión 2002/840/CE:

No de referencia: EU-AIF 07-2006

THAI IRRADIATION CENTER

Thailand Institute of Nuclear Technology (Ente Público)

37 Moo 3, TECHNOPOLIS

Klong 5, Klong Luang

Pathumthani 12120

Tailandia

Tel. (66-2) 577 41 67 a 71

Fax (662) 577 1945

No de referencia: EU-AIF 08-2006

ISOTRON (THAILAND) LTD

Bangpakong Industrial Park (Amata Nakorn)

700/465 Moo 7, Tambon Donhuaroh,

Amphur Muang,

Chonburi 20000

Tailandia

Tel. (66-0) 38 45 84 31 a 4

Fax (66-0) 38 458435

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Actualización de los importes de referencia para el cruce de las fronteras exteriores, de conformidad con lo establecido en el artículo 6, apartado 4, del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen).

Otros 27/04/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/913 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de ácido adípico originario de la República Popular China.

Reglamento 05/05/2026

Recomendación (UE) 2026/1035 de la Comisión, de 29 de abril de 2026, sobre el establecimiento de un marco común para las tecnologías de verificación de la edad a escala de la UE.

Recomendación 08/05/2026

Reglamento (UE) 2026/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2026, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/1242 en lo que respecta al cálculo de los créditos de emisiones de los vehículos pesados para los períodos de comunicación de los años 2025 a 2029.

Reglamento 07/05/2026

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