Decisión de la Comisión, de 31 de mayo de 2005, por la que se autoriza a España a prorrogar durante tres años la aplicación de una medida temporal de exclusión de la ayuda compensatoria para los productos comercializados procedentes de nuevos platanares plantados a partir del 1 de junio de 2002[notificada con el número C(2005) 1605].

Vigente Decisión Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2005-81007
Número oficial:
DOUE-L-2005-81007
Publicación:
02/06/2005
Departamento:
Unión Europea

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CEE) no 404/93 del Consejo, de 13 de febrero de 1993, por el que se establece la organización común de mercados en el sector del plátano (1), y, en particular, su artículo 12, apartado 9, párrafo segundo,

Considerando lo siguiente:

(1) El artículo 12, apartado 9, del Reglamento (CEE) no 404/93 establece la posibilidad de que un Estado miembro sea autorizado a introducir una medida temporal de exclusión de la ayuda compensatoria para los productos comercializados procedentes de nuevos platanares, cuando el Estado miembro estime que existe riesgo para el desarrollo sostenible de las zonas de producción y, en particular, para la conservación del medio ambiente y la protección del suelo y de los elementos característicos del paisaje.

(2) Mediante la Decisión 2002/414/CE (2), la Comisión autorizó a España a introducir una medida temporal de exclusión de la ayuda compensatoria para los productos comercializados procedentes de nuevos platanares plantados a partir del 1 de junio de 2002, durante un período de tres años.

(3) El 15 de abril de 2005, España presentó ante la Comisión una solicitud de autorización con vistas a la prórroga, por un nuevo plazo de tres años, de la medida de exclusión en las Islas Canarias de la ayuda compensatoria para los productos comercializados procedentes de nuevos platanares plantados a partir del 1 de junio de 2002.

La justificación de la solicitud consiste en la necesidad de consolidar los efectos positivos causados por la aplicación de la medida desde junio de 2002, principalmente en la disuasión del desarrollo de nuevas plantaciones fuera de las zonas tradicionales de producción, para proteger el medio ambiente, sobre todo en lo relativo a la utilización de los recursos hídricos, para la estabilidad del suelo y el equilibrio socioeconómico, así como para preservar los elementos característicos del paisaje.

(4) El examen de la solicitud presentada por España para prorrogar la medida de exclusión de la ayuda compensatoria durante un período de tres años permite concluir que es conforme con el objetivo y las disposiciones del artículo 12, apartado 9, del Reglamento (CEE) no 404/93.

En consecuencia, es conveniente aceptar dicha solicitud.

(5) Las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité de gestión del plátano.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

Queda aceptada la solicitud presentada por España ante la Comisión con vistas a la prórroga, durante un plazo de tres años, de la medida de exclusión de la ayuda compensatoria contemplada en el artículo 12, apartado 9, del Reglamento (CEE) no 404/93 para los productos procedentes de nuevos platanares plantados a partir del 1 de junio de 2002, autorizada mediante la Decisión 2002/414/CE.

Artículo 2

El destinatario de la presente Decisión será el Reino de España.

Hecho en Bruselas, el 31 de mayo de 2005.

Por la Comisión

Mariann FISCHER BOEL

Miembro de la Comisión

__________________________________

(1) DO L 47 de 25.2.1993, p. 1. Reglamento cuya última modificación la constituye el Acta de adhesión de 2003.

(2) DO L 148 de 6.6.2002, p. 28.

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/855 de la Comisión, de 14 de abril de 2026, relativo a los requisitos de interoperabilidad y procedimientos no discriminatorios y transparentes para acceder a los datos necesarios para el cambio de suministrador.

Reglamento 16/04/2026

Actualización de los importes de referencia para el cruce de las fronteras exteriores, de conformidad con lo establecido en el artículo 6, apartado 4, del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen).

Otros 27/04/2026

Acuerdo de Colaboración y Cooperación Reforzadas entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Uzbekistán, por otra.

Acuerdo 30/04/2026

Acuerdo de Asociación entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y el Mercado Común del Sur, la República Argentina, la República Federativa de Brasil, la República del Paraguay y la República Oriental del Uruguay, por otra parte.

Acuerdo Internacional 27/02/2026

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