Decisión de la Comisión, de 31 de enero de 2007, por la que se modifica la Decisión 2006/415/CE en lo concerniente a determinadas medidas de protección en relación con la gripe aviar altamente patógena de subtipo H5N1 en aves de corral en Hungría [notificada con el número C(2007) 325].

Vigente Decisión Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2007-80105
Número oficial:
DOUE-L-2007-80105
Publicación:
02/02/2007
Departamento:
Unión Europea

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Vista la Directiva 89/662/CEE del Consejo, de 11 de diciembre de 1989, relativa a los controles veterinarios aplicables en los intercambios intracomunitarios con vistas a la realización del mercado interior (1), y, en particular, su artículo 9, apartado 4,

Vista la Directiva 90/425/CEE del Consejo, de 26 de junio de 1990, relativa a los controles veterinarios y zootécnicos aplicables en los intercambios intracomunitarios de determinados animales vivos y productos con vistas a la realización del mercado interior (2), y, en particular, su artículo 10, apartado 4,

Vista la Directiva 2005/94/CE del Consejo, de 20 de diciembre de 2005, relativa a medidas comunitarias de lucha contra la influenza aviar y por la que se deroga la Directiva 92/40/CEE (3), y, en particular, su artículo 66, apartado 2,

Considerando lo siguiente:

(1) La Directiva 2005/94/CE establece medidas para luchar contra la gripe aviar y deroga la Directiva 92/40/CEE del Consejo, de 19 de mayo de 1992, por la que se establecen medidas comunitarias para la lucha contra la influenza aviar (4), a partir del 1 de julio de 2007.

(2) Habida cuenta de que el plazo final para la transposición de la Directiva 2005/94/CE a las legislaciones nacionales es el 1 de julio de 2007, a la espera de la transposición de dicha Directiva se adoptaron la Decisión 2006/415/CE de la Comisión, de 14 de junio de 2006, relativa a determinadas medidas de protección en relación con la gripe aviar altamente patógena de subtipo H5N1 en aves de corral de la Comunidad, y por la que se deroga la Decisión 2006/135/CE (5), y la Decisión 2006/416/CE de la Comisión, de 14 de junio de 2006, sobre determinadas medidas transitorias contra la influenza aviar de alta patogenicidad en las aves de corral y otras aves cautivas en la Comunidad (6). Dichas Decisiones son aplicables hasta el 30 de junio de 2007.

(3) En la Decisión 2006/415/CE se establecen determinadas medidas de protección que deben aplicarse en caso de brote de gripe aviar altamente patógena en aves de corral en el territorio de un Estado miembro, causado por el virus A de subtipo H5, altamente patógeno, con el fin de prevenir la propagación de la gripe aviar en partes de la Comunidad libres de enfermedad por el desplazamiento de aves de corral o de sus productos.

(4) Hungría ha notificado a la Comisión un brote del virus H5N1 en aves de corral en su territorio, y ha tomado las medidas apropiadas conforme a lo dispuesto en la Decisión 2006/415/CE, incluido el establecimiento de zonas A y B, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 de dicha Decisión.

________________

(1) DO L 395 de 30.12.1989, p. 13. Directiva modificada en último lugar por la Directiva 2004/41/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 157 de 30.4.2004, p. 33). Versión corregida en el DO L 195 de 2.6.2004, p. 12.

(2) DO L 224 de 18.8.1990, p. 29. Directiva modificada en último lugar por la Directiva 2002/33/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 315 de 19.11.2002, p. 14).

(3) DO L 10 de 14.1.2006, p. 16.

(4) DO L 167 de 22.6.1992, p. 1. Directiva modificada en último lugar por la Directiva 2006/104/CE (DO L 363 de 20.12.2006, p. 352).

(5) DO L 164 de 16.6.2006, p. 51. Decisión modificada por la Decisión 2006/506/CE (DO L 199 de 21.7.2006, p. 36).

(6) DO L 164 de 16.6.2006, p. 61.

(5) La Comisión ha examinado las citadas medidas en colaboración con Hungría, y considera que las fronteras de las zonas A y B establecidas por la autoridad competente de dicho Estado miembro están situadas a una distancia suficiente de la localización efectiva del brote. En consecuencia, las zonas A y B de Hungría pueden ser confirmadas y puede fijarse la duración de la regionalización.

(6) Por tanto, es necesario modificar la Decisión 2006/415/CE en consecuencia.

(7) Las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité permanente de la cadena alimentaria y de sanidad animal.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

El anexo de la Decisión 2006/415/CE se sustituye por el texto que figura en el anexo de la presente Decisión.

Artículo 2

Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros.

Hecho en Bruselas, el 31 de enero de 2007.

Por la Comisión

Markos KYPRIANOU

Miembro de la Comisión

ANEXO

«ANEXO

PARTE A

Zona A, establecida de conformidad con el artículo 4, apartado 2:

TABLA OMITIDA EN PÁGINA 7

PARTE B

Zona B, establecida de conformidad con el artículo 4, apartado 2:

TABLA OMITIDA EN PÁGINA 7

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Actualización de los importes de referencia para el cruce de las fronteras exteriores, de conformidad con lo establecido en el artículo 6, apartado 4, del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen).

Otros 27/04/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/913 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de ácido adípico originario de la República Popular China.

Reglamento 05/05/2026

Recomendación (UE) 2026/1035 de la Comisión, de 29 de abril de 2026, sobre el establecimiento de un marco común para las tecnologías de verificación de la edad a escala de la UE.

Recomendación 08/05/2026

Reglamento (UE) 2026/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2026, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/1242 en lo que respecta al cálculo de los créditos de emisiones de los vehículos pesados para los períodos de comunicación de los años 2025 a 2029.

Reglamento 07/05/2026

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