LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea de la Energía Atómica y, en particular, su artículo 101, párrafo segundo,
Vista la aprobación del Consejo (1),
Considerando que debe celebrarse el Acuerdo entre la Comunidad Europea de la Energía Atómica y el Gobierno de la República de Kazajstán en el campo de la fusión nuclear controlada.
DECIDE:
Artículo 1
Se celebra en nombre de la Comunidad Europea de la Energía Atómica el Acuerdo entre la Comunidad Europea de la Energía Atómica y el Gobierno de la República de Kazajstán en el campo de la fusión nuclear controlada.
El texto de dicho Acuerdo se adjunta a la presente Decisión.
Artículo 2
Se autoriza al miembro de la Comisión responsable de la investigación o al representante que éste designe a firmar el Acuerdo en nombre de la Comunidad Europea de la Energía Atómica a fin de obligar a la Comunidad Europea de la Energía Atómica.
Hecho en Bruselas, el 27 de noviembre de 2002.
Por la Comisión
Philippe BUSQUIN
Miembro de la Comisión
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(1) 12188/01 (press 333) de 27.9.2001.