LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,
Vista la Directiva 89/106/CEE del Consejo, de 21 de diciembre de 1988, relativa a la aproximación de las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas de los Estados miembros sobre los productos de construcción (1), modificada por la Directiva 93/68/CEE (2), y, en particular, el apartado 2 de su artículo 20,
Considerando lo siguiente:
(1) La Decisión 2000/367 CE de la Comisión, de 3 de mayo de 2000, por la que se aplica la Directiva 89/106/CEE del Consejo en lo que respecta a la clasificación de las propiedades de resistencia al fuego de los productos de construcción, las obras de construcción y los elementos de los mismos (3) debe, en aras de su adaptación al progreso técnico, incluir también a los productos para el control de calor y humo.
(2) La Decisión 2000/367/CE debe, por tanto, modificarse en consecuencia.
(3) Las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité permanente de la construcción.
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
El anexo de la Decisión 2000/367/CE queda modificado con arreglo al anexo de la presente Decisión.
Artículo 2
Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros.
Hecho en Bruselas, el 27 de agosto de 2003.
Por la Comisión
Erkki Liikanen
Miembro de la Comisión
___________
(1) DO L 40 de 11.2.1989, p. 12.
(2) DO L 220 de 30.8.1993, p. 1.
(3) DO L 133 de 6.6.2000, p. 26.
ANEXO
El anexo de la Decisión 2000/367/CE queda modificado como sigue:
1) La sección denominada "Símbolos" queda modificada como sigue:
a) En el cuadro, se añaden las filas siguientes:
TABLA OMITIDA EN PÁGINA 52
b) En la nota 2, "EN 13501-4" se inserta después de "EN 13501-3".
2) La sección titulada "Clasificaciones" queda modificada como sigue:
a) el punto 2, queda modificado como sigue:
i) en el cuadro correspondiente a las paredes, se añaden las clases RE360, REI360, REI-M360 y REW360,
ii) en la parte de la clasificación correspondiente a suelos y cubiertas,
- sobre la fila "RE", se inserta una nueva fila "R" con la clase R30,
- se añaden las clases RE360 y REI360;
b) en el punto 3, los términos "revestimientos, cubiertas y pantallas de protección contra el fuego" se sustituyen por los términos "revestimientos, placas, morteros, chapados y pantallas de protección contra el fuego";
c) el punto 4 queda modificado como sigue:
i) en el cuadro sobre particiones (incluidas las que tienen partes no aisladas), se añaden las clases EI-M180 y EI-M240,
ii) en el cuadro sobre cierres para sistemas transportadores y de transporte por carriles, el texto correspondiente a los "comentarios" se sustituye por el texto siguiente: "La clasificación I se completa con el sufijo '1' o '2' para indicar la definición de aislamiento utilizada. Se generará una clasificación I en los casos en que la muestra de ensayo sea una configuración de tubería o de conducto sin evaluación del cierre para el sistema transportador. La inclusión del símbolo 'C' indica que el producto también cumple el criterio de 'cierre automático' (prueba de rechazo/admisión) (1)",
iii) el cuadro sobre revestimientos de paredes y techos queda sustituido por el siguiente:
TABLA OMITIDA EN PÁGINA 52
d) Se añade el punto 7 siguiente:
"7. Productos utilizados en sistemas de control de calor y humo
Las normas que figuran en esta sección están en preparación y pueden ser objeto de revisión o
actualización.
TABLA OMITIDA EN PÁGINAS 52 A 54