Decisión de la Comisión, de 25 de septiembre de 2006, relativa a la renovación de las existencias comunitarias de vacunas vivas atenuadas contra la peste porcina clásica [notificada con el número C(2006) 4197].

Vigente Decisión Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2006-81810
Número oficial:
DOUE-L-2006-81810
Publicación:
27/09/2006
Departamento:
Unión Europea

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Vista la Decisión 90/424/CEE del Consejo, de 26 de junio de 1990, relativa a determinados gastos en el sector veterinario (1), y, en particular, su artículo 6, apartado 2, y su artículo 8, apartado 2,

Vista la Directiva 2001/89/CE del Consejo, de 23 de octubre de 2001, relativa a medidas comunitarias de lucha contra la peste porcina clásica (2), y, en particular, su artículo 18, apartado 2,

Considerando lo siguiente:

(1) La peste porcina clásica es una amenaza para los cerdos domésticos y los porcinos salvajes (jabalíes) en la Comunidad.

(2) Los brotes de peste porcina clásica en las explotaciones de cerdos domésticos pueden tener consecuencias muy graves y provocar pérdidas económicas en la Comunidad, especialmente si se producen en áreas con una elevada densidad de cerdos.

(3) En la Directiva 2001/89/CE se establecen las normas para efectuar vacunaciones de emergencia de cerdos domésticos y porcinos salvajes.

(4) La Comunidad ha adquirido 1 000 000 de dosis de vacunas vivas atenuadas contra la peste porcina clásica y ha tomado medidas para almacenarlas y para que estén rápidamente disponibles en caso de vacunación de emergencia de cerdos domésticos.

(5) Estas dosis de vacunas vivas atenuadas contra la peste porcina clásica expiran en diciembre de 2006. Por consiguiente, deben ser sustituidas con el fin de mantener la capacidad de la Comunidad para responder rápidamente en caso de que sea necesario efectuar vacunaciones de emergencia contra la peste porcina clásica.

(6) Las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité permanente de la cadena alimentaria y de sanidad animal.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

1. La Comunidad adquirirá, lo antes posible, 1 000 000 de dosis de vacunas vivas atenuadas contra la peste porcina clásica.

2. La Comunidad tomará las medidas pertinentes para el almacenamiento y la distribución de las vacunas mencionadas en el apartado 1.

Artículo 2

Las medidas mencionadas en el artículo 1 no podrán tener un coste superior a 350 000 EUR.

Artículo 3

La Comisión aplicará las medidas previstas en el artículo 1, apartado 2, en cooperación con los proveedores designados mediante licitación.

Artículo 4

Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros.

Hecho en Bruselas, el 25 de septiembre de 2006.

Por la Comisión

Markos KYPRIANOU

Miembro de la Comisión

________

(1) DO L 224 de 18.8.1990, p. 19. Decisión modificada en último lugar por la Decisión 2006/53/CE (DO L 29 de 2.2.2006, p. 37).

(2) DO L 316 de 1.12.2001, p. 5. Directiva modificada por el Acta de adhesión de 2003.

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Actualización de los importes de referencia para el cruce de las fronteras exteriores, de conformidad con lo establecido en el artículo 6, apartado 4, del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen).

Otros 27/04/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/913 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de ácido adípico originario de la República Popular China.

Reglamento 05/05/2026

Recomendación (UE) 2026/1035 de la Comisión, de 29 de abril de 2026, sobre el establecimiento de un marco común para las tecnologías de verificación de la edad a escala de la UE.

Recomendación 08/05/2026

Reglamento (UE) 2026/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2026, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/1242 en lo que respecta al cálculo de los créditos de emisiones de los vehículos pesados para los períodos de comunicación de los años 2025 a 2029.

Reglamento 07/05/2026

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