Decisión de la Comisión, de 25 de abril de 2005, por la que se modifica la Decisión 2001/657/CE para ampliar a los filetes de bacalao salado y al bacalao entero salado la excepción que en ella se establece [notificada con el número C(2005) 1256].

Vigente Decisión Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2005-80721
Número oficial:
DOUE-L-2005-80721
Publicación:
28/04/2005
Departamento:
Unión Europea

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Vista la Decisión 2001/822/CE del Consejo, de 27 de noviembre de 2001, relativa a la asociación de los países y territorios de Ultramar a la Comunidad Europea («Decisión de Asociación Ultramar») (1), y, en particular, el artículo 37, apartado 9, letra c), de su anexo III,

Considerando lo siguiente:

(1) La Decisión 2001/657/CE de la Comisión (2) estableció una excepción a la definición del concepto de «productos originarios» a fin de tener en cuenta la situación especial de San Pedro y Miquelón en lo que respecta a los filetes congelados de bacalao, eglefino, solla y fletán incluidos en el código NC 0304 20.

(2) El 20 de enero de 2005, el Gobierno francés solicitó que se modificara la Decisión 2001/657/CE con objeto de que la excepción concedida para los filetes de bacalao congelados del código NC ex 0304 20 se ampliara a los filetes de bacalao salado y al bacalao entero salado de los códigos NC ex 0305 30 y 0305 62, respectivamente.

(3) El Gobierno francés explicó su solicitud por el reajuste que había introducido una industria local en su estrategia de ventas a los mercados europeos.

(4) La excepción que se solicita está justificada con arreglo al artículo 37, apartado 1, del anexo III de la Decisión 2001/822/CE, dado que su concesión es de vital importancia para preservar la existencia de una industria de transformación de productos pesqueros, así como los puestos de trabajo que ésta proporciona.

(5) La modificación solicitada no alterará la cantidad total anual que está prevista para el bacalao, ni afectará a la duración de la excepción ni causará, por tanto, perjuicios graves a ninguna industria comunitaria establecida.

(6) Procede, pues, modificar la Decisión 2001/657/CE en el sentido indicado.

(7) Las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité del código aduanero.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

El anexo de la Decisión 2001/657/CE se modificará de conformidad con el anexo de la presente Decisión.

Artículo 2

La presente Decisión será aplicable a partir del 1 de mayo de 2005.

Artículo 3

Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros.

Hecho en Bruselas, el 25 de abril de 2005.

Por la Comisión

László KOVÁCS

Miembro de la Comisión

___________________________

(1) DO L 314 de 30.11.2001, p. 1.

(2) DO L 231 de 29.8.2001, p. 13.

ANEXO

El anexo de la Decisión 2001/657/CE se sustituirá por el texto siguiente:

«ANEXO

SAN PEDRO Y MIQUELÓN

TABLA OMITIDA EN PÁGINA 27

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/855 de la Comisión, de 14 de abril de 2026, relativo a los requisitos de interoperabilidad y procedimientos no discriminatorios y transparentes para acceder a los datos necesarios para el cambio de suministrador.

Reglamento 16/04/2026

Actualización de los importes de referencia para el cruce de las fronteras exteriores, de conformidad con lo establecido en el artículo 6, apartado 4, del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen).

Otros 27/04/2026

Acuerdo de Colaboración y Cooperación Reforzadas entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Uzbekistán, por otra.

Acuerdo 30/04/2026

Acuerdo de Asociación entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y el Mercado Común del Sur, la República Argentina, la República Federativa de Brasil, la República del Paraguay y la República Oriental del Uruguay, por otra parte.

Acuerdo Internacional 27/02/2026

¿Necesitas analizar documentos jurídicos?

Lawly analiza sentencias, contratos y documentos legales con inteligencia artificial en segundos.

Prueba gratis — 7 días por 7 €