Decisión de la Comisión, de 20 de agosto de 2009, por la que se modifica la Decisión 2005/779/CE en lo que respecta a la inclusión de la región de Abruzos en la lista de regiones italianas indemnes de la enfermedad vesicular porcina [notificada con el número C(2009) 6388].

Vigente Decisión Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2009-81487
Número oficial:
DOUE-L-2009-81487
Publicación:
21/08/2009
Departamento:
Unión Europea

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Vista la Directiva 90/425/CEE del Consejo, de 26 de junio de 1990, relativa a los controles veterinarios y zootécnicos aplicables en los intercambios intracomunitarios de determinados animales vivos y productos con vistas a la realización del mercado interior ( 1 ), y, en particular, su artículo 10, apartado 4, tercera frase,

Considerando lo siguiente:

(1) La Decisión 2005/779/CE de la Comisión, de 8 de noviembre de 2005, relativa a medidas zoosanitarias de protección contra la enfermedad vesicular porcina en Italia ( 2 ), se adoptó en respuesta a la presencia de dicha enfermedad en ese país. En ella se establecen normas zoosanitarias en relación con la enfermedad vesicular porcina para las regiones italianas reconocidas indemnes de esa enfermedad, así como para las no reconocidas indemnes de la misma. Dichas regiones figuran en los anexos de la Decisión 2005/779/CE.

(2) Desde hace varios años Italia aplica un programa de erradicación y seguimiento de la enfermedad vesicular porcina para que todas sus regiones puedan ser declaradas indemnes de esa enfermedad.

(3) Italia ha presentado información a la Comisión que demuestra que la enfermedad vesicular porcina ha sido erradicada de la región de Abruzos, y que esta región está indemne de la enfermedad.

(4) Tras examinar la información en cuestión y ante los resultados favorables de la aplicación de los programas anuales de erradicación y seguimiento en Italia, procede reconocer a la región de Abruzos como indemne de la enfermedad vesicular porcina.

(5) Procede, por tanto, modificar la Decisión 2005/779/CE en consecuencia.

(6) Las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité permanente de la cadena alimentaria y de sanidad animal.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

La Decisión 2005/779/CE queda modificada como sigue:

1) En el anexo I, se añade la entrada siguiente antes de la entrada correspondiente a Basilicata:

«— Abruzos»

2) En el anexo II, se suprime la entrada relativa a Abruzos.

Artículo 2

Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros.

Hecho en Bruselas, el 20 de agosto de 2009.

Por la Comisión

Androulla VASSILIOU

Miembro de la Comisión

__________________

( 1 ) DO L 224 de 18.8.1990, p. 29.

( 2 ) DO L 293 de 9.11.2005, p. 28.

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/855 de la Comisión, de 14 de abril de 2026, relativo a los requisitos de interoperabilidad y procedimientos no discriminatorios y transparentes para acceder a los datos necesarios para el cambio de suministrador.

Reglamento 16/04/2026

Actualización de los importes de referencia para el cruce de las fronteras exteriores, de conformidad con lo establecido en el artículo 6, apartado 4, del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen).

Otros 27/04/2026

Acuerdo de Colaboración y Cooperación Reforzadas entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Uzbekistán, por otra.

Acuerdo 30/04/2026

Acuerdo de Asociación entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y el Mercado Común del Sur, la República Argentina, la República Federativa de Brasil, la República del Paraguay y la República Oriental del Uruguay, por otra parte.

Acuerdo Internacional 27/02/2026

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