Decisión de la Comisión, de 18 de noviembre de 2003, por la que se modifica la Decisión 97/222/CE en lo que se refiere a la importación de productos cárnicos de Australia y Eslovenia [notificada con el número C(2003) 4205].

Vigente Decisión Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2003-81893
Número oficial:
DOUE-L-2003-81893
Publicación:
27/11/2003
Departamento:
Unión Europea

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Vista la Directiva 72/462/CEE del Consejo, de 12 de diciembre de 1972, relativa a problemas sanitarios y de policía sanitaria en las importaciones de animales de las especies bovina, porcina, ovina y caprina y de carne fresca o de productos a base de carne, procedentes de países terceros (1), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 807/2003 (2), y, en particular, el apartado 2 de su artículo 21 bis,

Considerando lo siguiente:

(1) La Decisión 97/222/CE de la Comisión (3), cuya última modificación la constituye la Decisión 2003/733/CE (4), establece la lista de terceros países o parte de ellos desde los que se autoriza la importación de productos cárnicos.

(2) Recientemente, se ha evaluado la situación epidemiológica relativa a la peste porcina clásica en Eslovenia con un resultado satisfactorio. Por consiguiente, los Estados miembros deben autorizar la importación de carne porcina fresca procedente de dicho país a la Comunidad.

(3) En aras de la coherencia con las normas comunitarias sobre importación de carne fresca aplicables a las distintas categorías de tratamiento de los productos cárnicos, es necesario actualizar, con respecto a Eslovenia, la lista de terceros países o parte de ellos desde los que los Estados miembros autorizan la importación de productos cárnicos establecida en la Decisión 97/222/CE.

(4) Por lo que respecta a Australia, se autoriza la importación únicamente de carne de ave de corral fresca y de aves de corral vivas, en particular la carne de rátidas y rátidas, sujeta a determinados requisitos específicos de ensayo debido a la utilización de vacunas contra la enfermedad de Newcastle que no son conformes con la legislación comunitaria. Asimismo, la importación de productos cárnicos de caza silvestre y de cría se restringe a los productos tratados hasta que se evalúe la situación con respecto a dichas categorías de aves.

(5) La Decisión 97/222/CE debe, por tanto, modificarse en consecuencia.

(6) Las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité permanente de la cadena alimentaria y de sanidad animal.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

El anexo de la Decisión 97/222/CE se modifica con arreglo al anexo de la presente Decisión.

Artículo 2

Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros.

Hecho en Bruselas, el 18 de noviembre de 2003.

Por la Comisión

David Byrne

Miembro de la Comisión

________________

(1) DO L 302 de 31.12.1972, p. 28.

(2) DO L 122 de 16.5.2003, p. 36.

(3) DO L 89 de 4.4.1997, p. 39.

(4) DO L 264 de 15.10.2003, p. 32.

ANEXO

Las partes I y II del anexo de la Decisión 97/222/CE se sustituirán por las siguientes:

"PARTE I

Descripción de los territorios regionalizados de los países enumerados en las partes II y III

TABLA OMITIDA EN PÁGINA 30

PARTE II

Terceros países o parte de ellos desde los que se autoriza la importación en la Comunidad Europea de productos cárnicos

TABLA OMITIDA EN PÁGINAS 31 A 35

- Certificado no presentado y no autorización de los productos cárnicos."

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Actualización de los importes de referencia para el cruce de las fronteras exteriores, de conformidad con lo establecido en el artículo 6, apartado 4, del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen).

Otros 27/04/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/913 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de ácido adípico originario de la República Popular China.

Reglamento 05/05/2026

Recomendación (UE) 2026/1035 de la Comisión, de 29 de abril de 2026, sobre el establecimiento de un marco común para las tecnologías de verificación de la edad a escala de la UE.

Recomendación 08/05/2026

Reglamento (UE) 2026/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2026, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/1242 en lo que respecta al cálculo de los créditos de emisiones de los vehículos pesados para los períodos de comunicación de los años 2025 a 2029.

Reglamento 07/05/2026

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