Decisión de la Comisión, de 18 de junio de 2003, por la que se reconocen las disposiciones de la República Checa, relativas a la lucha contra Clavibacter michiganensis (Smith) Davis et al. ssp. sepedonicus (Spieckerman y Kotthoff) Davis et al., como equivalentes a las disposiciones comunitarias [notificada con el número C(2003) 1870].

Vigente Decisión Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2003-80909
Número oficial:
DOUE-L-2003-80909
Publicación:
19/06/2003
Departamento:
Unión Europea

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Vista la Directiva 2000/29/CE del Consejo, de 8 de mayo de 2000, relativa a las medidas de protección contra la introducción en la Comunidad de organismos nocivos para los vegetales o productos vegetales y contra su propagación en el interior de la Comunidad (1), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 806/2003 (2), y, en particular, el punto 12 de la parte A de su anexo 111,

Vista la solicitud presentada por la República Checa.

Considerando lo siguiente:

(1) De acuerdo con 10 dispuesto en el punto 12 de la parte A del anexo 111 de la Directiva 2000/29/CE, no pueden introducirse en los Estados miembros los tubérculos de la especie Solanum tuberosum L., distintos de las patatas de siembra y otras especies de patatas especificadas en los puntos 10 y 11 de la parte A del anexo 111, proce- dentes de determinados terceros países europeos distintos de los reconocidos como exentos de Clavibacter michiganensis (Smith) Davis et al. ssp. sepedonicus (Spieckerman y Kotthoff) Davis et al. (en 10 sucesivo, "el organismo"), o cuyas disposiciones sean reconocidas como equivalentes a las disposiciones comunitarias relativas a la lucha contra el organismo.

(2) Según la información oficial facilitada por la República checa y la información obtenida durante las inspecciones efectuadas en ese país por la Oficina alimentaria y veterinaria en enero de 2001 y noviembre de 2002, la República Checa ha aplicado a las importaciones de patatas y a la producción interna de patatas de siembra y de consumo un sistema de control, inspección y examen para detectar el organismo, a través de directrices nacionales destinadas a la protección contra la propagación de los agentes patógenos de la necrosis bacteriana de la patata y la podredumbre parda de la patata (B/KAR/l/2002).

(3) Atendiendo a lo anterior, puede reconocerse que las disposiciones de la República Checa, relativas a la lucha contra el organismo, son equivalentes a las disposiciones comunitarias, y que se evita el riesgo de propagación del mismo.

(4) La Comisión se cerciorará de que la República Checa facilite toda la información técnica necesaria para seguir evaluando la situación antes citada.

(5) Las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité fitosanitario permanente.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

Se reconoce que las disposiciones de la República Checa. relativas a la lucha contra Clavibacter michiganensis (Smith) Davis et al. ssp. sepedonicus (Spieckerman y Kotthoff) Davis et al.. son equivalentes a las disposiciones comunitarias.

Artículo 2

Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros.

Hecho en Bruselas, el18 de junio de 2003.

Por la Comisión

David BYRNE

Miembro de la Comisión

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(1) DO L 169 de 10.7.2000, p. 1

(2) DO L 122 de 16.5.2003, p. 1.

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Actualización de los importes de referencia para el cruce de las fronteras exteriores, de conformidad con lo establecido en el artículo 6, apartado 4, del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen).

Otros 27/04/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/913 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de ácido adípico originario de la República Popular China.

Reglamento 05/05/2026

Recomendación (UE) 2026/1035 de la Comisión, de 29 de abril de 2026, sobre el establecimiento de un marco común para las tecnologías de verificación de la edad a escala de la UE.

Recomendación 08/05/2026

Reglamento (UE) 2026/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2026, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/1242 en lo que respecta al cálculo de los créditos de emisiones de los vehículos pesados para los períodos de comunicación de los años 2025 a 2029.

Reglamento 07/05/2026

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