Decisión de la Comisión, de 16 de septiembre de 2005, que modifica el apéndice del anexo XIV del Acta de adhesión de 2003 por lo que respecta a determinados establecimientos del sector cárnico de Eslovaquia [notificada con el número C(2005) 3451].

Vigente Decisión Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2005-81793
Número oficial:
DOUE-L-2005-81793
Publicación:
21/09/2005
Departamento:
Unión Europea

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Vista el Acta de adhesión de la República Checa, la República de Estonia, la República de Chipre, la República de Letonia, la República de Lituania, la República de Hungría, la República de Malta, la República de Polonia, la República de Eslovenia y la República Eslovaca (1) y, en particular, su anexo XIV, capítulo 5, parte B, letra d),

Considerando lo siguiente:

(1) En el anexo XIV, capítulo 5, parte B, letra a), del Acta de adhesión de 2003 se establece que los requisitos estructurales fijados en el anexo I de la Directiva 64/433/CEE del Consejo, de 26 de junio de 1964, relativa a las condiciones sanitarias de producción y comercialización de carnes frescas (2), y en los anexos A y B de la Directiva 77/99/CEE del Consejo, de 21 de diciembre de 1976, relativa a problemas sanitarios en materia de intercambios intracomunitarios de productos a base de carne (3), no se aplicarán a los establecimientos de Eslovaquia enumerados en el apéndice (4) del anexo XIV del Acta de adhesión hasta el 31 de diciembre de 2006, sujetos a determinadas condiciones.

(2) El apéndice del anexo XIV del Acta de adhesión de 2003 ha sido modificado por las Decisiones 2004/463/CE (5) y 2005/189/CE (6) de la Comisión.

(3) Conforme a una declaración oficial de la autoridad eslovaca competente, tres establecimientos cárnicos han finalizado su proceso de mejora y ahora se ajustan plenamente a la legislación comunitaria. Por tanto, es conveniente suprimir estos establecimientos de la lista de establecimientos en situación transitoria.

(4) Uno de los establecimientos cárnicos que figuran en la lista de establecimientos en situación transitoria ha hecho un esfuerzo considerable para ajustarse a los requisitos estructurales fijados por la legislación comunitaria. No obstante, este establecimiento no podrá concluir su proceso de mejora en la fecha prescrita debido a problemas técnicos de carácter excepcional. Por ello, está justificado concederle más tiempo para que complete el proceso de mejora.

(5) Por tanto, el apéndice del anexo XIV del Acta de adhesión de 2003 debe modificarse en consecuencia. En aras de la claridad, conviene sustituirlo.

(6) Las medidas previstas en la presente Decisión se han comunicado al Comité permanente de la cadena alimentaria y de sanidad animal.

___________________________________

(1) DO L 236 de 23.9.2003, p. 33.

(2) DO 121 de 29.7.1964, p. 2012. Directiva modificada en último lugar por la Directiva 2004/41/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 157 de 30.4.2004, p. 33; corrección de errores en el DO L 195 de 2.6.2004, p. 12).

(3) DO L 26 de 31.1.1977, p. 85. Directiva modificada en último lugar por la Directiva 2004/41/CE.

(4) DO C 227 E de 23.9.2003, p. 1654.

(5) DO L 156 de 30.4.2004, p. 138; corrección de errores en el DO L 202 de 7.6.2004, p. 95.

(6) DO L 62 de 9.3.2005, p. 34.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

El apéndice del anexo XIV del Acta de adhesión de 2003 queda sustituido por el texto del anexo de la presente Decisión.

Artículo 2

Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros.

Hecho en Bruselas, el 16 de septiembre de 2005.

Por la Comisión

Markos KYPRIANOU

Miembro de la Comisión

ANEXO

«Apéndice

al que se hace referencia en el anexo XIV, capítulo 5, parte B (1)

Lista de establecimientos, junto con las deficiencias observadas y los plazos para corregirlas

TABLA OMITIDA EN PÁGINA 20

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Actualización de los importes de referencia para el cruce de las fronteras exteriores, de conformidad con lo establecido en el artículo 6, apartado 4, del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen).

Otros 27/04/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/913 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de ácido adípico originario de la República Popular China.

Reglamento 05/05/2026

Recomendación (UE) 2026/1035 de la Comisión, de 29 de abril de 2026, sobre el establecimiento de un marco común para las tecnologías de verificación de la edad a escala de la UE.

Recomendación 08/05/2026

Reglamento (UE) 2026/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2026, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/1242 en lo que respecta al cálculo de los créditos de emisiones de los vehículos pesados para los períodos de comunicación de los años 2025 a 2029.

Reglamento 07/05/2026

¿Necesitas analizar documentos jurídicos?

Lawly analiza sentencias, contratos y documentos legales con inteligencia artificial en segundos.

Prueba gratis — 3.000 créditos de bienvenida