Decisión de la Comisión, de 12 de enero de 2009, por la que se modifica el apéndice del anexo VI del Acta de adhesión de Bulgaria y Rumanía por lo que se refiere a determinados establecimientos de transformación de leche en Bulgaria [notificada con el número C(2008) 9000].

Vigente Decisión Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2009-80036
Número oficial:
DOUE-L-2009-80036
Publicación:
15/01/2009
Departamento:
Unión Europea

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Vista el Acta de adhesión de Bulgaria y Rumanía y, en particular, su anexo VI, capítulo 4, sección B, letra f), párrafo primero,

Considerando lo siguiente:

(1) Mediante el Acta de adhesión de Bulgaria y Rumanía se han concedido a Bulgaria períodos transitorios para el cumplimiento por determinados establecimientos de transformación de leche de los requisitos del Reglamento (CE) no 853/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004, por el que se establecen normas específicas de higiene de los alimentos de origen animal (1).

(2) El apéndice del anexo VI del Acta de adhesión ha sido modificado por las Decisiones 2007/26/CE (2), 2007/689/CE (3), 2008/209/CE (4), 2008/331/CE (5), 2008/547/CE (6), 2008/672/CE (7) y 2008/827/CE (8) de la Comisión.

(3) Bulgaria ha aportado garantías de que cuatro establecimientos de transformación de leche han completado su proceso de mejora y ahora se ajustan completamente a lo dispuesto en la legislación comunitaria. Tres de ellos están autorizados a recibir y transformar sin separación leche cruda conforme y no conforme. Por consiguiente, esos establecimientos deben incluirse en la lista del capítulo I del apéndice del anexo VI. Un establecimiento está autorizado a recibir y transformar leche cruda conforme y no conforme en dos líneas completamente separadas.

Por consiguiente, ese establecimiento debe incluirse en la lista del capítulo II del apéndice del anexo VI.

(4) Un establecimiento de transformación de leche que se enumera en el capítulo I transformará únicamente leche cruda conforme y quedará autorizado, por tanto, como establecimiento de transformación de leche de la UE. Por consiguiente, ese establecimiento debe suprimirse de la lista del capítulo I del apéndice del anexo VI.

(5) Procede, por tanto, modificar el apéndice del anexo VI del Acta de adhesión de Bulgaria y Rumanía en consecuencia.

(6) Las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité permanente de la cadena alimentaria y de sanidad animal.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

El apéndice del anexo VI del Acta de adhesión de Bulgaria y Rumanía queda modificado de conformidad con lo dispuesto en el anexo de la presente Decisión.

Artículo 2

Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros.

Hecho en Bruselas, el 12 de enero de 2009.

Por la Comisión

Androulla VASSILIOU

Miembro de la Comisión

_________________________

(1) DO L 139 de 30.4.2004, p. 55. Versión corregida en el DO L 226 de 25.6.2004, p. 22.

(2) DO L 8 de 13.1.2007, p. 35.

(3) DO L 282 de 26.10.2007, p. 60.

(4) DO L 65 de 8.3.2008, p. 18.

(5) DO L 114 de 26.4.2008, p. 97.

(6) DO L 176 de 4.7.2008, p. 11.

(7) DO L 220 de 15.8.2008, p. 27.

(8) DO L 294 de 1.11.2008, p. 9.

ANEXO

En el capítulo I del apéndice del anexo VI del Acta de adhesión de Bulgaria y Rumanía, se añaden las entradas siguientes:

No / No veterinario / Nombre del establecimiento / Ciudad/calle o localidad/región

«13 BG 1512033 ET “Voynov-Ventsislav Hristakiev” s. Milkovitsa obsht. Gulyantsi

14 BG 1612020 ET “Bor-Chvor” s. Dalbok izvor obsht. Parvomay

15 BG 1612013 “Polidey-2” OOD s. Domlyan»

En el capítulo I del apéndice del anexo VI del Acta de adhesión de Bulgaria y Rumanía, se suprime la entrada siguiente:

No / No veterinario / Nombre del establecimiento / Ciudad/calle o localidad/región

«2 BG 2012022 “Bratya Zafirovi” OOD

gr. Sliven ul. “Treti mart” 7

gr. Sliven

Industrialna zona Zapad»

En el capítulo II del apéndice del anexo VI del Acta de adhesión de Bulgaria y Rumanía, se añade la entrada siguiente:

No / No veterinario / Nombre del establecimiento / Ciudad/calle o localidad/región

«15 BG 2812003 “Balgarski yogurt” OOD s. Veselinovo, obl. Yambolska»

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Actualización de los importes de referencia para el cruce de las fronteras exteriores, de conformidad con lo establecido en el artículo 6, apartado 4, del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen).

Otros 27/04/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/913 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de ácido adípico originario de la República Popular China.

Reglamento 05/05/2026

Recomendación (UE) 2026/1035 de la Comisión, de 29 de abril de 2026, sobre el establecimiento de un marco común para las tecnologías de verificación de la edad a escala de la UE.

Recomendación 08/05/2026

Reglamento (UE) 2026/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2026, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/1242 en lo que respecta al cálculo de los créditos de emisiones de los vehículos pesados para los períodos de comunicación de los años 2025 a 2029.

Reglamento 07/05/2026

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