LA COMISIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Visto el Reglamento (UE) n.o 1025/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012, sobre la normalización europea, por el que se modifican las Directivas 89/686/CEE y 93/15/CEE del Consejo y las Directivas 94/9/CE, 94/25/CE, 95/16/CE, 97/23/CE, 98/34/CE, 2004/22/CE, 2007/23/CE, 2009/23/CE y 2009/105/CE del Parlamento Europeo y del Consejo y por el que se deroga la Decisión 87/95/CEE del Consejo y la Decisión n.o 1673/2006/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (1), y en particular su artículo 10, apartado 6,
Considerando lo siguiente:
(1) | De conformidad con el artículo 41, apartado 2, del Reglamento (UE) 2024/1781 del Parlamento Europeo y del Consejo (2), los pasaportes digitales de productos que sean conformes con normas armonizadas o partes de estas cuyas referencias se hayan publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea, deben presumirse conformes con los requisitos establecidos en los artículos 10 y 11 de dicho Reglamento contemplados por esas normas armonizadas o partes de estas. |
(2) | Mediante la Decisión de Ejecución C(2024) 5423 de la Comisión (3), modificada por la Decisión de Ejecución C(2025) 8024 (4), la Comisión solicitó al CEN, al Cenelec y al ETSI que elaboraran normas armonizadas en apoyo de los requisitos que se establecen en los artículos 10 y 11 del Reglamento (UE) 2024/1781 («la solicitud»). |
(3) | Sobre la base de la solicitud, el CEN, el Cenelec y el ETSI elaboraron las normas armonizadas EN 18216:2026, EN 18219:2026, EN 18220:2026, EN 18221:2026, EN 18222:2026 y EN 18223:2026 para los pasaportes digitales de productos en apoyo del Reglamento (UE) 2024/1781. |
(4) | La Comisión, junto con el CEN, el Cenelec y el ETSI, ha evaluado si las normas armonizadas EN 18216:2026, EN 18219:2026, EN 18220:2026, EN 18221:2026, EN 18222:2026 y EN 18223:2026 se ajustan a la solicitud. |
(5) | Las normas armonizadas EN 18216:2026, EN 18219:2026, EN 18220:2026, EN 18221:2026, EN 18222:2026 y EN 18223:2026 cumplen los requisitos establecidos en los artículos 10 y 11 del Reglamento (UE) 2024/1781. Procede, por tanto, publicar las referencias de dichas normas armonizadas en el Diario Oficial de la Unión Europea. |
(6) | El cumplimiento de una norma armonizada confiere la presunción de conformidad con los requisitos esenciales correspondientes establecidos en la legislación de armonización de la Unión a partir de la fecha de publicación de la referencia de esa norma en el Diario Oficial de la Unión Europea. Por consiguiente, la presente Decisión debe entrar en vigor el día de su publicación. |
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
Las referencias de las normas armonizadas aplicables a los pasaportes digitales de productos, elaboradas en apoyo del Reglamento (UE) 2024/1781, que figuran en el anexo de la presente Decisión, se publican en el Diario Oficial de la Unión Europea.
Artículo 2
La presente Decisión entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
Hecho en Bruselas, el 14 de julio de 2026.
Por la Comisión
La Presidenta
Ursula VON DER LEYEN
(1) DO L 316 de 14.11.2012, p. 12, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2012/1025/oj.
(2) Reglamento (UE) 2024/1781 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de junio de 2024, por el que se instaura un marco para el establecimiento de requisitos de diseño ecológico aplicables a los productos sostenibles, se modifican la Directiva (UE) 2020/1828 y el Reglamento (UE) 2023/1542 y se deroga la Directiva 2009/125/CE (DO L, 2024/1781, 28.6.2024, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2024/1781/oj).
(3) Commission Implementing Decision C(2024) 5423 of 31 July 2024 on a standardisation request to the European Committee for Standardisation, the European Committee for Electrotechnical Standardisation, and the European Telecommunications Standards Institute as regards digital product passports in support of Union policy on ecodesign requirements for sustainable products and on batteries and waste batteries [«Decisión de Ejecución C(2024) 5423 de la Comisión, de 31 de julio de 2024, relativa a una solicitud de normalización al Comité Europeo de Normalización, al Comité Europeo de Normalización Electrotécnica y al Instituto Europeo de Normas de Telecomunicaciones por lo que respecta a los pasaportes digitales de productos en apoyo de la política de la Unión en materia de requisitos de diseño ecológico aplicables a los productos sostenibles, así como en materia de pilas y baterías y sus residuos» (documento no disponible en español)].
(4) Commission Implementing Decision C(2025) 8024 of 28 November 2025 amending Implementing Decision C(2024) 5423 as regards the legal basis and the deadlines for the adoption of the estándares [«Decisión de Ejecución C(2025) 8024 de la Comisión, de 28 de noviembre de 2025, por la que se modifica la Decisión de Ejecución C(2024) 5423 en lo que respecta a la base jurídica y los plazos para la adopción de las normas» (documento no disponible en español)].
ANEXO
N.o | Referencia de la norma |
1. | EN 18216:2026 Pasaporte digital de producto. Protocolos de intercambio de datos |
2. | EN 18219:2026 Pasaporte digital de producto. Identificadores únicos |
3. | EN 18220:2026 Pasaporte digital de producto. Soportes de datos |
4. | EN 18221:2026 Pasaporte digital de producto. Almacenamiento, archivo y persistencia de datos |
5. | EN 18222:2026 Pasaporte digital de producto. Interfaces de programación de aplicaciones (API) para la gestión del ciclo de vida y la capacidad de búsqueda del pasaporte de producto |
6. | EN 18223:2026 Pasaporte digital de producto. Interoperabilidad del sistema |